Expte. Nº 3.095/07.
VISTO:
El Expte. 3095/07,
La Ordenanza 1144/95 y modificatorias , y,
La Ley Provincial N° 2756
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Ricardo Povrzenic, domiciliado en Av. Juan D. Perón 1353 de esta ciudad viene gestionando desde el 6 de Febrero del corriente año se realicen acciones correspondientes por ruidos molestos ocasionados por la Empresa CREDIFIN Correo, la cual es locataria aproximadamente desde Enero de 2007 del inmueble propiedad del Sr. Enrique Ferrari, y que dicho inmueble linda al norte con su propiedad.
Que para más datos, el ya citado vecino informa que dicha empresa tiene como domicilio de su Casa Central el de Mitre 798 de la localidad de Reconquista, perteneciente a esta provincia.Que el Sr. Povrzenic manifiesta que esos ruidos provienen de la actividad de carga y descarga de camiones semi-remolque como así también de camionetas de transporte logístico en horario nocturno, el cual oscila entre las 0 y las 6 hs.
Que el Sr.
Povrzenic ha extremado medidas en su propiedad para aislar el ruido -las cuáles
se pueden verificar in situ- y que aún así no le han dado el resultado esperado
sino todo lo contrario, ya que
prácticamente se ha quedado sin ventilación en la vivienda.
Que según
manifiesta el mencionado, los damnificados por la actividad de dicha empresa
son él y su vecino cuya propiedad se encuentra ubicada en el límite este de su
inmueble y que esto no afecta a nadie más ya que el galpón de referencia es a
su vez lindero de otro inmueble de similares características que amortigua los
ruidos hacia el lado norte.
Que el Sr.
Povrzenic aporta como dato relevante, en tanto competencias del municipio,
que la empresa CREDIFIN no posee la
habilitación municipal correspondiente y viene operando desde ya casi un año.
Agregando a esto que le llama la atención que desde que está la empresa se ha
modificado la numeración del inmueble, verificándose en la fachada el de Av. J.
D. Perón 1323.
Que según
manifiesta el reclamante, hubo una supervisión en su domicilio por parte del
Departamento de Inspección General en el horario aproximado de la 1 hs. con el
objeto de constatar la denuncia sobre ruidos molestos pero que ese día la
empresa comenzó a trabajar desde las 5 hs.
Que el Sr.
Povrzenic solicita mayor actuación en el caso desde la autoridad correspondiente,
a raíz de considerar todo lo mencionado y muy especialmente por el estado de
salud de su esposa.
Por todo ello, el Concejo
Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 205/2007
ART. 1°) Solicitase al Departamento Ejecutivo
Municipal para que a través de las áreas que correspondan arbitre las acciones
pertinentes al caso tomando en consideración los siguientes aspectos:
a)
Verificación de
b)
Verificación de la
habilitación de la empresa mencionada y su correspondiente contrato de
locación.
c)
Inspección
organizada en horarios y días diversos, con el objeto de constatar los ruidos y
su incidencia en la paz y tranquilidad de los vecinos en horario nocturno,
tomando como referentes los domicilios del Sr. Porvzenic y el de su vecino.
ART. 2°) Solicitase que luego de las
acciones desarrolladas se ponga a disposición de este Cuerpo el informe del
resultado al cual se haya arribado.
ART. 3°) Comuníquese,
Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de noviembre de 2.007.