Jueves, 26 Enero 2017 19:14

Decr. 804/15 Informe detallado sobre las acciones realizadas en materia hídrica y un detalle de lo afectado para fondos de desagües pluviales y emisarios

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Exptes.  Nº  5.626 y 5.625/15.

VISTO:

La Ley N° 2756 Art. N° 39,

La Ordenanza N° 2319/15 declarando la "Emergencia Hídrica",

El pedido de vecinalistas, y

CONSIDERANDO:

Que este Concejo Deliberante ha aprobado por unanimidad la Ordenanza citada en los VISTOS, declarando la "Emergencia Hídrica" en el territorio de Villa Gobernador Gálvez, en el período comprendido entre el mes de Octubre del corriente y mes de febrero de 2016, tal cual lo cita su Art. 1°.

Que los Concejales exigieron al Departamento Ejecutivo Municipal que solicite el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, con carácter de urgente, "Se incorpore a la ciudad de Villa Gobernador Gálvez a las tareas y trabajos de prevención estipulados dentro del presupuesto asignado para tales fines, a través del Decreto 3.137/15 del Ejecutivo Provincial”.

Que las vecinales han presentado sucesivas notas y reclamos a este Concejo y a la Intendencia, con el fin de exigir las obras necesarias para evitar los anegamientos que se generan en los distintos barrios de la ciudad con lluvia.

Que así mismo, como Art. 4°, se exigía al Departamento Ejecutivo que enviase un informe con lo gestionado sobre la problemática, y al día de la fecha no se ha presentado dicha información ni se han visto obras de importancia.

Que es fundamental que se gestionen los recursos necesarios y se inviertan los propios para llevar tranquilidad a las vecinas y vecinos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 804/2015

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en el plazo de 5 días, eleve a este cuerpo un informe detallando las acciones realizadas en materia hídrica, desde que se aprobó la Ordenanza 2319/15 de "Emergencia Hídrica", y un detalle de lo afectado para tal fin del Fondo de Desagües Pluviales y Emisarios.

ART. 2°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   5 de noviembre  de 2015 

 

 

 

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