Expte. Nº 5.658/15.
VISTO:
El Expediente Nº 02101-0014908-6, del Sistema de Registro de Información de Expedientes, relacionado a la incorporación de los cursos de los Arroyos Saladillo y Sauce - Pavón al Sistema Provincial de Áreas Protegidas.
La Ley Nº 12.175 y su Decreto Reglamentario Nº3331/06,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
La necesidad de contar con información fehaciente y confiable que permitan tomar decisiones previniendo, garantizando y evitando el impacto negativo de cualquier actividad humana sobre el medioambiente, y
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Recursos Naturales de la Secretaría de Medio Ambiente, dependiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente solicitó a la Dirección General de Recursos Naturales y Ecología que implemente los mecanismos necesarios para la inclusión de las cuencas de los arroyos Saladillo y Sauce – Pavón al Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas, establecido por la Ley Nº12.175;
Que en el Mes de Julio de 2015 el Gobernador de la Provincia, decretó incorporar Ad Referéndum de las Honorables Cámaras Legislativas al Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas establecido por Ley Nº 12.175, en la categoría de Reserva Hídrica Natural, a los cursos de los Arroyos Saladillo y Sauce – Pavón, considerando 100 (Cien) metros a cada lado de los respectivos cursos de agua y sus áreas de importancia ecológica.
Que a la fecha y habiendo transcurrido ya 4 meses de la presentación de la iniciativa, las cámaras legislativas no se han pronunciado al respecto.
Que en sucesivas reuniones el Ingeniero Mackler sugirió como solución, la confección de un PLAN DE MANEJO DE SUELO, una medida acertada y razonable que permitiría echar luz sobre posiciones encontradas referidas a que se puede realizar, que no se puede realizar, en que lugar y que impacto resultaría en el medio ambiente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 814/2015
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a traves de la Secretaria que corresponda, realice las gestiones pertinente ante la Subsecretaría de Recursos Naturales de la Secretaría de Medio Ambiente, dependiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, a los fines de realizar un estudio de manejo de suelo en el Área denominada Parque Regional Sur de Villa Gobernador Gálvez.
ART. 2°) El Departamento Ejecutivo Municipal pondrá a disposición de dicha Secretaría los recursos humanos y materiales que disponga brindando colaboración y asistencia técnica que disponga.
ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de diciembre de 2015