VISTO:
La necesidad
del resguardo de la
seguridad del Parque Automotor y el Seguro Técnico del
municipio en lo que hace a los riesgos,
personas y bienes se hace
imprescindibles cubrir dicha situación jurídica, y
CONSIDERANDO:
La propuesta
formulada por el
Departamento Ejecutivo resulta
procedente en la prórroga de 60 días a partir
del 22 de Julio del corriente en consideración que a la fecha se
encuentra cubierta los riesgos de
referencia según póliza que el
municipio acompaña.
Además se hace
verisimil el decreto 3018/90 en
consideración de que el decreto 3023/90 ha procedido al llamamiento de
licitación pública por un año a partir del
vencimiento de la prórroga que se establece en el decreto 3018/90, el cual es de carácter temporal.
Además dentro
de las facultades de
Por todo ello el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO
Nº 090/90
ART.1º) Apruébase el decreto 3018/90 el cual dice: Procédase
a prorrogar el vencimiento
de las pólizas de seguro
Nº 434553, 434554 y 434555,
contratadas con
ART.2º) Procédase a
prorrogar el vencimiento de
la póliza de seguro Nº 213010, contratada con la
compañía de seguro "
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo
Deliberante, 31 de Agosto de 1990.