Elconvenio entre la Municipalidad
deVillaGobernador Gálvez, y la Empresa Ferrocarriles Argentinos, y
CONSIDERANDO:
Quedicho convenio firmado entre ambas partes en
lacual laEmpresa Ferrocarriles
Argentinos concede el uso deun sectordeterreno sito en proximidadesdelaEstación VillaDiego,sobre calle Sarmiento de
CientoTreintay Tres Metros Con Setenta Centímetros ( 133,70 m ) de largo,
VeinticuatroMetros con Cuarenta
Centímetros ( 24,40 m) de fondo al Noroeste y Veintiún MetrosCon Setenta Centímetros( 21,70m ) al Sudoeste y cuya ubicación
seindica conel plano anexo designado Nº 1 al que pasa
aintegrar el presente convenio
básico.
Por todoello el Concejo
Deliberante en uso de susatribuciones
sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 672/91
ART.1º) Ratifícase el convenio básico firmado entre laMunicipalidad de Villa Gobernador Gálvez y la EmpresaFerrocarrilesArgentinos, que cede en uso un sector de
terrenoque sedeterminaen el plano y considerando delapresente Ordenanza.
ART.2º) Dichoterrenocedidoen uso serádestinadoparala MunicipalidadalaConstrucción yexplotaciónporsu cuentay cargo de una estación única depasajerosdonde estaránreunidos los transportes de corta, media
ylarga distancia, así como los
ferroviarios.
ART.3º)El plazo de Concesión para
el uso del Inmuebles seráde Veinte ( 20
) Años a partir de la fecha en que laMunicipalidadrecibala tenencia del mismo, por dichousola Municipalidad
abonará a la Empresa
del 1 al 10 de Enero de cada año, un canon equivalente al valor UN ( 1 ) pasaje
de 1era. clase entre Retiro y Rosario.
ART.4º) Cumpliménteseconla
Ley 2.756 y lo establecidoenel DictamendeAsesoríaLetrada queseadjuntaal presente.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Saladel Concejo
Deliberante, 04 de Enero de 1.991.