VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del
Sexto Anticipo Mensual correspondiente
al Período Fiscal 1.992.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 753/92
ART.1º)
Emítase el Sexto Anticipo Mensual de
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del Sexto Anticipo Mensual el día 10 de Julio de 1.992.
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 18 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro Secretaria: Ismael Brea