VISTO:
El Expediente Municipal
Nº 8789/90.
El Expediente Nº 046/92.
El Dictamen del Dr.
Ricardo Quarantotto, Asesor del Departamento Ejecutivo en Asuntos Jurídicos
Municipales y Urbanísticos (expte. Nº 8789/90).
El Proyecto de Ordenanza
elevado a este Concejo por el Sr. Intendente Municipal en fecha 30/12/92.
La ley Pcial. Nº 10.734, que incorpora el
último párrafo al art. 10 de la ley
2756.
Nota de fecha 04/03/93,
suscripta por el Secretario de Hacienda de
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 731/92 del 19/03/92 promulgada
por Decreto del Ejecutivo
Municipal Nº 287/92
de fecha 31/03/92, se aceptó la
donación allí hecha de los terrenos propiedad
de la familia Stolfi lo que impide
obligar al propietario ha hacer
un reglamento de loteo y división de la
fracción de terreno ubicada en
Que de acuerdo a lo
informado y dictaminado por el Asesor en
Asuntos Jurídicos del Departamento Ejecutivo Municipal, existe una situación de
gravedad social por la que estaría pasando una numerosa cantidad de familias,
vecinos de esta ciudad desde que los vecinos de la zona lindante al loteo de referencia "no gozarían de los
servicios de agua, luz, entrada y salida
de vehículos; y lo más importante no les
quedaría pasillo reglamentario a la arteria más próxima".
Que existe una
imposibilidad física y jurídica de
modificar la situación de hecho planteada en dicho sector de la ciudad, por cuanto habiéndose aceptado la
donación de terreno para la apertura de
la calle, de imponerse la donación de mayor superficie, se estaría incurriendo en una
actitud expropiatoria, que dejaría expuesta a
Que
Que
Que existe Partida Presupuestaria con
crédito suficiente para realizar el
gasto, según se desprende del texto de la nota
de fecha 04/03/92, cursada por
Que este caso encuentra perfectamente a lo
dispuesto por el Art. 11 Ley 2756 que
autoriza a prescindir de
Por todo ello el Concejo
Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº820/93
Art.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo a gastar la suma de $4000.- (Pesos Cuatro mil) en la compra directa de una
fracción de terrenos ubicada en
Art.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, Marzo 19 de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro Secretaria: Ismael Brea