VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección y lo
previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario
implementar el cobro del 2º Período
Mensual correspondiente al mes de Febrero de 1993.
Por todo ello el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº816/93
Art.1) Emítase el 2º Período
Mensual del Derecho de Registro e Inspección, correspondiente al período Febrero/93 con los mismos
valores que rigieron s/ Ordenanza
Tributaria Nº 804/92 .
Art.2º) Fíjese como vencimiento del 2º Período Mensual el día 10 de
Marzo de 1993.
Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de Febrero de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro Pro Secretaria: Victoria Beloni