VISTO:
Que
CONSIDERANDO:
Que muchos
contribuyentes, interesados en
tomar este beneficio, no
pudieron hacerlo en virtud a la
falta de recursos que verían
incrementadas sus expectativas de pago con el cobro del sueldo anual
complementario.
Que durante el mes de Enero se produce el receso
judicial, dilatando con ello cualquier
gestión de cobranza por esa vía.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1046/94
ART.1º) Prorróguese hasta el 31 de
Enero de 1995 la vigencia de la moratoria conforme a lo establecido en el
artículo 3º de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 22, 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza