Laopcióndecompra firmada porlaEmpresaCarolina
S.A.C.I.F.I.ylaMunicipalidaddeVillaGobernador Gálvez,en fecha 18 de marzo de 1994 y prorrogadahasta el18 de Octubre de1994 para que la Municipalidadadquieraparasí una fracción de
terrenoubicadaenla
sección5º-parcelaA1- con unasuperficietotalde 35.019,28m², propiedad de la citada firma.
La Ordenanza Nº995/94 aprobada por el
Concejo Deliberante donde se acepta la donación de una fracción de terreno de
10.000m² ubicada en la sección 5º -parcela A1-, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario llevar a cabo la construcción de viviendascon destino a familias de escasos recursos,
locual permitirá cubrir la actual
deficiencia habitacional.
Quela misma permitirá la
contratación de manodeobra local con toda la multiplicidad que ello
implica.
Que existen fondos en la Dirección Provincial deViviendas y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe,
destinados a la implementación de planes de viviendas.
Que existe una visación previa por parte de D.P.V. yU., paraelotorgamiento de los
fondosquepermitiránla construcción de 80 (ochenta) viviendas.
Quedeben ser descontados de la
opción decompra antes mencionadalos 10.000m² donados por la EmpresaCarolina S.A.C.I.F.I.,donación aprobada por OrdenanzaNº995/94 , porloqueel remanente a adquirir confondosdela D.P.V. y U. es de 25.019,28m².
Que según nota del Director de la
D.P.V. y U. obranteen
elexpte. Nº 894/94, resulta necesario
presentar adicha Institución"El sistema oprocedimientoadministrativo quefaculteal DepartamentoEjecutivoMunicipalpara adjudicar las
obras dentro de los 30 días a partir dela aprobacióndel crédito",
"en virtud de que laspartidas
presupuestarias para créditos deben ser imputadas acada proyecto,por lo que de no recepcionarse respuesta
ala brevedad,dichos recursos podrían ser asignados aotras obras". Resulta por ende necesario
prescindir del llamado alicitación
pública y proceder al llamado alicitación privada para la adjudicación de las obras referidas,por cuanto resulta ser ésta la única
alternativa quepermite garantizarlaadjudicación en el plazo exigidoporla D.P.V. y U..
Que para el logro de la obra se hace necesarioautorizar alDepartamento Ejecutivo Municipal a la compradelas
tierrasdondese asentarán lasviviendas,siendolas pertenecientesala Empresa CarolinaS.A.C.I.F.I.,ut supra mencionadas, las únicas que contando con la totalidaddelos
servicios, se encuentran disponiblesenla zonaurbanaparala realización de unaobradeésta dimensión.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de susatribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1008/94
Art.1º) Autorízase
al Departamento Ejecutivo a efectuar la compra directa de 25.019,28 metros cuadrados
de tierra ubicada en la
Sección 5 - Parcela A1 que como mayor área forman parte
delafracción donada a la
MunicipalidaddeVa.Gdor. Gálvezpor la firma
CAROLINA S.A.C.I.F.I. y aceptadapor
Ordenanza Nº 995/94, con fondos de la Dirección Provincial
deViviendasyUrbanismo de la Pcia.
deSantaFe,en virtuddela
excepción al llamado aLicitaciónPública expresamente contemplada por el
art.11º in fine de laLey 2756.
Art.2º) Declárase
la necesidad de urgencia para la realización de la Obra de construcción de 80
viviendas por administración Municipalconfondosde la
D.P.V. y U. enuntodode acuerdo a lo dispuesto por el art.11º segundo párrafo , Ley 2756.
Art.3º) Autorízase
al Departamento Ejecutivo Municipal a queuna vez aprobado el crédito por parte de la D.P.V. y U. procedaaefectuar el llamado a LicitaciónPrivadaparala adjudicación de la Obra de construcción de
ochenta viviendasde acuerdo a los
planos visados por la
Secretaríade
ObrasPúblicas de la Municipalidad y que
se apruebanpor esta Ordenanza, y en un
todo de acuerdo a lasdisposiciones de la D.P.V.y U.
Art.4º)
Autorízaseal Departamento Ejecutivo a
suscribir conla D.P.V.y U. los convenios que fuere menester
paralograr los objetivos
propuestos,fecha lo cual deberá remitirlos mismos al Concejo Deliberante para su aprobación.
Art.5º) Modifícase la Partida Presupuestaria
0.1.2/07.10.00.00( Viviendas FO.NA.VI.
) para la compra y construcción de las ochenta viviendas, debiendo remitir el
Departamento Ejecutivo el cuadro presupuestario correspondiente a fin desu aprobación.
Art.6º) Autorízase
al Departamento Ejecutivo proceda a la aperturadeuna cuenta bancaria especial
para elregistrode ingresosy egresos de los fondos a girar por la D.P.V.y
U. y el destino del gasto.
Art.7º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de
Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 22, 1994.