VISTO:
El convenio celebrado entre
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo, el
Municipio tiene la posibilidad cierta
y presente de cobrar una
deuda en
concepto de tasas y
contribuciones, sin tener que recurrir
a un proceso judicial que
dilataría las posibilidades de cobro efectivo.
Que además, el convenio celebrado
permite al municipio contar con una importante fracción de terreno que
en el futuro permitiría desarrollar proyectos de
envergadura urbanística y social en beneficio de la comunidad toda.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 995/94
ART.1º) Apruébase
el convenio celebrado entre
ART.2º) Acéptase la
donación de los lotes descriptos en la
cláusula 4º del convenio mencionado en el art.1º.
ART.3º) Los
terrenos dados en pago por cláusula 2º y los
donados por cláusula 4º del convenio ut-supra
aprobados serán destinados a planes colectivos de viviendas para
grupos familiares de escasos recursos que se inscriban para ello, con
reglamento de adjudicación.
ART.4º) Facúltase
al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar por ante el Superior Gobierno
de
ART.5º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 18, 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza