Expte.
Nº1154/95.
VISTO:
El Derecho
de Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 1º y 2º
Período Mensual, correspondientes a los Períodos Fiscales de los Meses de Enero y Febrero de 1.996.
Por
todo ello, el Concejo
Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1153/95
ART.1º) Emítanse el 1º y 2º Período Mensual del
Derecho de Registro e
Inspección, correspondientes a
los períodos fiscales de Enero y
Febrero de 1.996 con los mismos valores
que rigieron para el 12º Período mensual de 1.995.
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del 1º Período Mensual el 10 de Febrero, y para el 2º Período
Mensual el 10 de Marzo de 1996.
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado
en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,
21 de Diciembre de 1995.
Presidente: Carlos Croci Pro Secretaria: Victoria Beloni