Expte. Nº1153/95.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario
implementar el cobro del 1º y 2º Anticipo
Mensual, correspondientes a los meses
de Enero y Febrero del período fiscal 1995.
Por todo ello el Concejo
Deliberante en uso de sus atribuciones
sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1152/95
ART.1º) Emítanse el 1º y 2º Anticipo Mensual de
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento
del 1º Anticipo Mensual el 7 de Febrero
y del 2º Anticipo Mensual, el 7 de Marzo
de 1996.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de Diciembre de 1995.
Presidente: Carlos Croci Pro Secretaria: Victoria Beloni