VISTO:
El Derecho de
Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario
implementar el cobro del 11º y 12º
Período Mensual, correspondientes a los Períodos Fiscales de los Meses de
Noviembre y Diciembre de 1.995.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de
sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1132/95
ART.1º) Emítanse el 11º y 12º Período Mensual del
Derecho de Registro e
Inspección, correspondientes a
los períodos fiscales de
Noviembre y Diciembre de 1.995 con los
mismos valores que rigieron para el 10º Período mensual de 1.995.
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del 11º Período Mensual el 10 de
Diciembre de 1.995, y para el 12º Período Mensual el 10 de Enero de 1996.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 3, 1995.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza