VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 11º y 12º
Anticipo Mensual, correspondientes a los meses de Noviembre y Diciembre del período
fiscal 1995.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de
sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1131/95
ART.1º) Emítanse el 11º y 12º Anticipo Mensual de
ART.2º) Fíjase como primer
vencimiento del 11º Anticipo Mensual el
10 de Diciembre de 1995 y del 12º
Anticipo Mensual, el 10 de Enero de 1996.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 3, 1995.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza