VISTO:
El
convenio firmado por el Sr.
Gobernador, Don Carlos Alberto Reutemann, y
CONSIDERANDO:
Que la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, tiene
un crecimiento Poblacional, Empresarial
y Comercial continuo.
Que es función
propia de los Concejales, legislar
en materia de transporte,
garantizando un servicio adecuado
que beneficie a toda la comunidad. Conociendo
que una importante cantidad de
población se traslada diariamente a Bs. Aires y para ello debe movilizarse hacia
Que
contamos con una estación de
Ferrocarril, Coronel Aguirre, que
es atravesada por los servicios de
pasajeros desde y hacia Bs. Aires
con destino a Rosario, Córdoba y
Tucumán, vemos la necesidad de recuperar el funcionamiento de
Que el
funcionamiento como estación de pasajeros
traería como beneficio adjunto la activación comercial de una zona
que se encuentra hasta el presente casi
marginada de la pujanza económica de nuestra Ciudad.
Que entre las actividades comerciales que
acompañarían el ascenso y
descenso de pasajeros, estarían la
parada de taxis, expendio
de diarios, bar, servicios sanitarios, centro comercial y transporte
urbano e interurbano.
Incentivado por la incesante labor desplegada por el
Señor Intendente, Don Pedro Jorge González, en aras del mejoramiento
de nuestra Ciudad, que
redunda en beneficio
de todos sus habitantes, apoyado
desde las altas esferas de nuestra Provincia por el Señor Gobernador Carlos Alberto Reutemann, es que
proyectamos este emprendimiento para bien de la comunidad toda de Villa
Gobernador Gálvez, que seguramente contará con el apoyo y aprobación del
Señor Intendente.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1108/95
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a tramitar
ante el Gobierno Provincial la
posibilidad de que en la estación Coronel Aguirre se realice el
ascenso y descenso de pasajeros
de todos los trenes (Bs. Aires,
Córdoba, Tucumán), que por ella circulan, convirtiéndola en la
parada obligatoria de la zona Sur del
Departamento Rosario.
ART.2º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar la
reparación de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de Agosto de 1995.
Presidente: Carlos Croci Pro Secretaria: Victoria Beloni