Expte.
Nº 1.597/98.
VISTO:
El rol
preponderante de la mujer en nuestra Comunidad,
a veces realizando actividades no remuneradas y de
vital importancia para la conformación de la principal célula de la
sociedad.
Que la mujer
durante mucho tiempo se ha mantenido
al margen de las distintas
actividades socio-políticas y económicas,
dada su condición de formadora de la
esencia de toda sociedad, como es la familia.
Que con el
transcurso del tiempo este
concepto se ha modernizada, puesto que es harto comprobado que hoy
por hoy la familia puede ser óptimamente integrada con mujeres que
cumplen correlativamente funciones de
madre, amas de casa y a la vez
ejerciendo profesiones u oficios, esto es, con una fluída actividad en el
ámbito social.
Que el concepto
de mujer de hoy, es que se
es mejor formadora de familia y
de personas de bien, cuando paralelamente se logra también desarrollar y
capacitar aquellas aptitudes naturales con que todo ser humano cuenta,
sus logros personales, su auto
valoración y su auto estima; sólo puede formarse personas de bien
con arraigados valores cuando personalmente se ha desarrollado
y se
cuenta con esos valores.
Que siempre las mujeres estuvieron capacitadas
para ejercer estos
roles; y en los tiempos
modernos, hombres y mujeres,
como personas dotadas igualmente,
logran integrarse armoniosamente, para llevar adelante
aquel tradicional concepto de familia
Argentina, con los nuevos roles que la mujer ha sabido ocupar, y
CONSIDERANDO:
Que a nivel Nacional se ha conformado el concejo Nacional de
Que en el
Mes de Septiembre de este año se ha
llevado a cabo un encuentro con
Mujeres de
Que los legisladores de nuestra Provincia ya
han dado media sanción al proyecto por el cuál se crea
el Consejo Provincial de
Que
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1356/98
ART.1º) Créase como Organismo dependiente de
ART.2º) El Consejo creado
por Art. 1º estará integrada por una Comisión
de Mujeres Legisladoras
y representantes de Entidades
Intermedias de
ART.3º)
ART.4º) El Sr. Intendente
Municipal designará un Coordinador/a Municipal.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 12, 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale