Expte.
Nº 1585/98
VISTO:
El Expte. Nº 1.585/98.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal solicita
autorización para gestionar un crédito de Fomento por ante
el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, dependiente de
Que nuestro
Municipio se encuentra empeñado en
la construcción de
grandes desagües pluviales que
permitan el escurrimiento de grandes volúmenes de agua, obras
estas que resultan prioritarias y de fundamental
importancia para
Esta circunstancia condujo a que los vecinos dividieran
su desagüe cloacal en primario y
secundario, considerando primario
las descargas de inodoro y bidé conduciéndolas al pozo ciego
y como secundario el sistema de
descarga de mesadas y piletas de
lavar volcándolas en la zanja urbana
unificado con el sistema de descarga pluvial;
de esta manera el producido de
este último sistema consiste
solamente de componentes líquidos
por lo que se evita que se produzcan embancamientos en
los conductos propuestos. Estos efluentes que corren a cielo abierto por una
zona densamente poblada, ocasionando a su paso
innumerables inconvenientes
de todo tipo, especialmente
sanitarios, hasta su volcamiento en el Arroyo Saladillo,son los que se
intentan captar y encauzarlos en el drenaje que nos ocupa hasta el mismo punto de descarga
actual.
De esta
manera no se produce variación desde el punto
de vista de calidad ni cantidad
de líquido volcado pués con la obra se busca el objetivo de normalizar,
concentrar y modificar la
traza y la condición de traslación
de los efluentes. Con respecto al tramo anterior a la descarga, donde en
principio se admitía el escurrimiento
a cielo abierto, ha sido
proyectado con estructura de marco cerrado.
Actualmente se encuentra en ejecución un sistema
de redes cloacales, y según los planes de trabajo vigentes
al día de hoy, se acusa que en el plazo de doce años
se completaría el sector, con lo que en
ese término se normalizaría la
condición de evacuación, y hasta ese
entonces este emprendimiento
tendría el carácter de transporte de líquidos cloacales en forma transitoria.
Que para la
realización de las obras es necesario
contar con una financiación adecuada, siendo obvio que
resultaría imposible la concreción de las mismas de no contar con ello,
siendo que dicha financiación puede
lograrse únicamente mediante la
obtención de un crédito de
estas características, al cuál no podría acceder el Municipio en una
Entidad Crediticia o Bancario común y corriente.
Que
Que es
atribución del Concejo Deliberante legislar en
la materia.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1348/98
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar por ante el Ente Nacional de Obras
Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) dependiente de
ART.2º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado
en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de Octubre de 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale