Miércoles, 16 Enero 2008 09:59

Ord. 1341/98 Modifica Ord. 1301/98 donación terreno a Gendarmería (Derogada)

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Expte. Nº 1.569/98.

 

VISTO:

La  Ordenanza Nº 1.301/98, sancionada en fecha 2 de  Abril de 1.998, y

CONSIDERANDO:

Que  en el Artículo 1º de la citada Ordenanza se  dona  al Estado  Nacional,  Ministerio  del  Interior,  Gendarmería Nacional Destacamento Móvil Nº 2, una fracción de  terreno de Propiedad Privada de la Municipalidad, con cargo de que el mismo sea utilizado por la donataria; para la  instalación de dicho Destacamento Móvil.

Que  además, en el mismo Artículo se establece la  sanción de retrocesión de la propiedad a la Municipalidad, en caso de  incumplimiento del cargo, lo que deberá expresarse  en la correspondiente Escritura de Donación.

Que la donataria, solicita se deje sin efecto lo  establecido en cuánto a la retrocesión de la propiedad en caso de incumplimiento,  como  medida necesaria  para  aceptar  la donación.

Que este Gobierno Municipal ha gestado la idea de  trasladar a nuestra Ciudad el Destacamento Móvil Nº 2, para  dar el  espacio físico adecuado y dado que generará  un  movimiento  importante a nivel Institucional, Social y  Comercial.

Que  no es motivo de impedimento acceder a  lo  solicitado por el Ministerio del Interior.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:


ORDENANZA Nº 1341/98

 

ART.1º) Modifíquese conforme lo establecido en el Visto y  Considerando de la presente, el Artículo 1º de la Ordenanza  Nº 1.301/98, sancionada en fecha 02 de Abril de 1.998, el que quedará  redactado  de la siguiente manera:  "  Dónase  al Estado  Nacional,  Ministerio  del  Interior,  Gendarmería nacional Destacamento Nacional Móvil Nº 2, una fracción de terreno de propiedad privada de la Municipalidad de  Villa Gobernador  Gálvez,  cuya  identificación  Catastral   es: Sección  Catastral 15ª, Polígono D, Parcela P, de  acuerdo al  Plano  de  Mensura realizado por  el  Departamento  de Catastro Municipal, con cargo de que el mismo sea utilizado por la donataria, para la instalación del  Destacamento Móvil Nº 2 ".

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 08 de Octubre de 1998.


Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

Nota: Derogada por Ordenanza 1433/00

          Derogada por Ordenanza 1492/02

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