Expte. Nº 1.496/98.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº
1.137/95 y Nº 1.310/98, y
CONSIDERANDO:
La expansión demográfica
de la que ha sido objeto nuestra
Ciudad, como consecuencia del natural
crecimiento poblacional como así
también, fruto de la emigración interna de familias oriundas de otras
provincias.
Que este Municipio, acompaña el crecimiento
poblacional con obras que redunden en el beneficio general del Pueblo,
de modo de contribuir a mejorar las
condiciones de vida, otorgando
principalmente seguridad para quienes han elegido nuestra Ciudad para vivir como así también
para todos aquellos que por distintos motivos, deban desplazarse en el interior de la misma; sin olvidar que
esta Ciudad será eje central del
Mercosur, debido a la radicación de Industrias y Fábricas de vital importancia
en la zona, cobrando así sumo interés mantener los caminos en óptimo estado con
el fin de que
Que por Ordenanza Nº
1.137/95 de fecha 23 de Noviembre de ese
año, se crea un Fondo de Salud, Seguridad y
Educación para financiar programas de acción Municipal.
Que la
citada norma fue modificada
por Ordenanza Nº 1.310/98
de fecha 30 de Abril de 1.998, clarificando los conceptos comprendidos y el destino del
mencionado fondo.
Que este Municipio se
encuentra trabajando en la preparación
de proyectos de gran magnitud que tienden
principalmente a efectivizar el derecho a
Que dada
las deficiencias presupuestarias
para encarar proyectos de
esta índole y teniendo en
cuenta que los habitantes de
Por todo ello el Concejo
Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1320/98
ART.1º) Increméntese en
4 (Cuatro) Pesos el Fondo
de Salud, Seguridad y Educación, creado por Ordenanza Nº 1.137/95, de
fecha 23 de
Noviembre de 1.995,
con las mismas condiciones que las establecidas en el articulado de la
mencionada norma, a los efectos de concretar Programas de acción Municipal, principalmente en lo
relativo a Seguridad vial, mediante la realización de obras de pavimentación, repavimentación, bacheo, cordón cuneta y
mantenimiento y con el objeto de
avalar la financiación de las mismas, conforme lo establecido en el
Visto y Considerando de la presente.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,
Junio 25, 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale