Ordenanza Nº 1.139/95 y su modificatoria Nº
1.199/96.
La Ordenanza Nº 630/90.
La
Ley Nº
2756, Art. 39 Inc. 67, y
CONSIDERANDO:
Queel
beneficio del descuento del 20 % sobrelospagos mensualesde Anticipos de la Tasa GeneraldeInmuebles, otorgadoaaquellos contribuyentes quecumplimentenel pago en el primervencimiento,
no contempla lasituación delos Jubilados y Pensionadosque en la mayoría delos casos no pueden acceder a dicho
beneficio, ya que el cobro de sushaberes es por lo general con fechaposteriora dicho vencimiento, y que uno de los objetivos de la implementación del
descuento es incentivar el pago de latasa, propósitoeste que de todas
formas es imposiblealcanzar paraelsectorpasivo, hasta el
momentoenquehayan percibido sus haberes.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1321/98
ART.1º) ModifíqueseelArt.1º de laOrdenanzaNº1.199/96,
quedandoredactado de la siguiente
forma:"Instruméntese undescuento equivalente al 20 % (veinte por
ciento)del importe determinado de
Anticipo Mensual de la
Tasa General de Inmuebles, para todos aquellos contribuyentes
quecumplimentenel pago en el primer vencimiento generalestablecido para la misma, extendiendo el
beneficio, hastael tercer vencimiento
para los jubilados o pensionados que no esténcomprendidos dentro del alcance de la Ordenanzanº 630/90;losque deberán inscribirse en
unRegistroque habilitaráen forma permanente el DepartamentoEjecutivo Municipal a fin de demostrar su
condición de pasivos y que sean: a) Titulares registrales de un único inmueble.
b)aquellosque no posean
viviendapropiayque
demuestren fehacientemente tener a su cargo el pago dela TasaGeneral
de Inmuebles mediante presentación delContratode Locación y/o Comodato
correspondiente a lacasa habitación.
c)Que el Jubilado y/o pensionado demuestre quesu cobroes el único ingreso y sostén del grupo familiar.
ART.2º) La extensión del mencionado beneficio tendrá aplicación a
partir de la sanción de la presente Ordenanza.
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado
en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 25, 1998.