Que por la referida Ordenanza se donó al Superior
Gobierno dela Provincia de Santa Fe
una fracción de terrenopropiedadprivada de esta Municipalidad con cargodeconstrucción de un penal.
Que a partir de la sanción de la Ley Nº 11.578 el Gobierno
Provincialhaencaradoun ambiciosoproyectoparala construccióndeun Complejo Carcelario que alojea600
detenidoslo cuál implica la necesidad
de contarconun terreno de aproximadamente 250.000 m².
Queel
Municipio cuenta con dicho espacio,concretamente con los terrenos ubicados en la Sección Catastral
17º cuya superficietotalasciende a 143.392,76 m²inscriptoel DominioalTomo 321 C, folios 1519 Bis y1520Bis,Nº 131.437y136.496, Departamento Rosario, siendoqueha ellodebensumarse los 92.081, 26
m² donados enelAño 1.977porsus propietarios alMunicipioparaespacios verdes y calles públicas.
Que será de suma importancia para posibilitar el
accesoy conexióndel Complejo Carcelario con la Planta Urbanade VillaGobenadorGálvez que el
SuperiorGobiernodela Provincia construya un
camino pavimentado a tales fines.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de
susatribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1378/99
ART.1º) Derógaseentodas sus partes la OrdenanzaNº1.311/98 retrotrayéndosela propiedad de inmueble descripto enla misma al Municipio y dejando sin efecto la
donaciónautorizada a favor del Gobierno
Provincial.
ART.2º) Desaféctese del Dominio Público Municipal las Manzanas Nº
9 y 10 y las calles públicas donadas según Plano Nº 91.408 aceptado por Decreto
86/77 de la Sección
catastral Nº 17º, traspasándose las mismas al Dominio Privado de laMunicipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART.3º) Dónase al Superior Gobierno de la Provincia -Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Fe -
una fracciónde terrenopropiedadprivada de la
MunicipalidaddeVilla Gobernador Gálvez que se corresponde
con la identificación Catastral: Sección 17º, Parcelas Lotes Nº 2 A del Plano Nº 56.033del Año 1.968 y Lote Nº 2 B2 del PlanoNº61.239 del Año 1.969, inscripto el Dominio al Tomo 321 C,folios 1.519Bis y 1.520 Bis Nº 131.437 y136.496Departamento Rosarioconcargo de que el mismo sea utilizadoporla donatariaparala construcción delComplejoCarcelario autorizadopor Ley Provincial Nº 11.578 y con lasanción de retrocesión de la propiedad en
caso de nocumplimientodel cargo en el plazo de 18 meses a partir de
lasuscripciónde la correspondiente Escritura de
Donación,enla cuál deberá constar tal condición.
ART.4º) Quedaa cargo del
Superior Gobierno de laProvinciala realizacióndelas
obras deinfraestructuranecesarias para posibilitar el acceso y
conexión del ComplejoCarcelario con la Planta Urbana de la Ciudad de VillaGobernadorGálvezypara la llegada a dichoComplejodelos servicios de agua, energía
eléctrica, etc.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de Marzo de
1.999.