Lunes, 14 Septiembre 2009 15:33

Ord. 1524/02 Prohibición Ingresar A Las Aguas Del Rió Paraná En El Sector denominado el remanso

Valora este artículo
(0 votos)

Expte. Nº 2.279/02.

VISTO:

La Ley 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que a orillas del Río Paraná, en el sector de la bajada de calle  Comandante Espora de nuestra Ciudad se registra  la existencia  del denominado "Remanso Vigil", que,  por  sus características  torna extremadamente peligrosa  tanto  la actividad de pesca como la presencia de bañistas.

Que, no obstante el cartel indicador colocado en el  lugar que advierte y prohibe a eventuales concurrentes,  bañarse en esas aguas o introducirse en las mismas, resulta  necesario extremar las medidas de seguridad tendientes a individualizar  con precisión el lugar en que se encuentra  la turbulencia que se produce en  el río en el sector aludido y  que lo convierte en peligroso para actividades  de  recreación o pesca.

Que  atento al crecimiento demográfico producido  en  este último  año en dicha zona, aumenta   proporcionalmente  la posibilidad de que los niños de esa vecindad acudan al río a  bañarse  en  épocas de altas  temperaturas  o  procuren obtener recursos de la pesca.

Que  conforme las consideraciones realizadas, es  menester proveer el señalamiento del mencionado remanso mediante la colocación de boyas o indicadores flotantes que  delimiten la  zona de extremo peligro, sin perjuicio de mantener  la prohibición actual de realizar cualquier tipo de actividad como las detalladas anteriormente.

Que,  atento a la posibilidad de plantearse cuestiones  de competencia sobre el margen ribereño, procederá la consulta  previa ante Dirección Nacional de Construcciones  Portuarias y Vías Navegables, Delegación Bajo Paraná,  a  fin de  recavar  asesoramiento técnico  y  la  correspondiente autorización para la colocación de dicho señalamiento.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1524/2002

 

ART.1º) Establécese  la prohibición de ingresar a las  aguas  del Río  Paraná  en  el sector de costas,  ubicado  frente  al Remanso  Vigil  a bañistas y pescadores deportivos  en  el tramo  comprendido entre Comandante Espora y  prolongación de la calle Constitución. 

 

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal  deberá proceder a la colocación de boyas o indicadores flotantes delimitando el lugar de ubicación del Remanso Vigil, para lo cuál  deberá solicitar  las  indicaciones técnicas  y  la  autorización correspondiente ante la Dirección Nacional de Construcciones Portuarias y Vías Navegables, Delegación Bajo Paraná.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de Noviembre de 2002.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

Visto 219 veces