Expte. Nº 2.170/02.
VISTO:
Las
mociones aprobadas sobre tablas en
CONSIDERANDO:
Que los hechos de violencia acaecidos los
días 19, 20 y 21 de diciembre de
2.001 en todo el territorio
nacional también afectaron a comercios de nuestra Ciudad.
Que el perjuicio económico sufrido por
dichos comerciantes merece un especial tratamiento de este Cuerpo Deliberativo
para aliviar esa situación.
Que entre los medios disponibles tendientes
a favorecer la continuidad del giro comercial de los afectados se encuentra la
de eximir de los tributos municipales a los mismos.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1.493/2.002
ART.1º) Los comercios debidamente habilitados por el
municipio de Villa Gobernador Gálvez al
19 de diciembre de 2.001, que hayan
sufrido robo agravado, y que habiendo denunciado el ilícito
ante la autoridad policial
o, habiendo actuado ésta de oficio, y se hubiera iniciado
instrucción sumaria, con intervención
del Juzgado Penal correspondiente como consecuencia de los saqueos
producidos los días 19, 20 y 21 de diciembre de 2.001, quedarán exentos
del pago de
a)
cuando el o los titulares del comercio
afectado, sean propietarios o
posean boleto de compra venta
con fecha anterior al
19/12/2.001 del inmueble que
ocupa dicho comercio.
b) en los
casos en que el o los titulares del comercio afectado no sean propietarios del
inmueble que ocupa dicho comercio, y puedan demostrar fehacientemente que
tienen a su cargo el pago de
ART.2º) Quedan
exentos del pago de
ART.3º) Los
comercios que encontrándose debidamente
habilitados por el municipio
al 19 de diciembre de 2.001, y que
reúnan las condiciones establecidas en el Art. 1º, quedan exentos del pago del Derecho de
Registro e Inspección por el período
2.002.
ART.4º) Los
comercios comprendidos en la
presente Ordenanza, deberán solicitar las exenciones previstas, mediante
el inicio de un expediente y para
gozar de los beneficios de la exención, no
será condición el tener
regularizado previamente el pago de las tasas y derechos contemplado en
los Arts. 1º, 2º y 3º.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11
de enero de 2.002.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale