Expte. Nº 2.945/06.
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 31176, iniciado en fecha 15 de noviembre de 2.006, por el que se solicita compra de terreno para la Escuela Nº 1.266 Juana Azurduy, y
CONSIDERANDO:
Que la Escuela Provincial Nº 1.266 Juana Azurduy conjuntamente con su Asociación Cooperadora ha solicitado a la Srta. Intendente en su carácter de Presidente de la Comisión Administradora del FAE la adquisición de un terreno lindero fundado en sólidos argumentos referidos al aumento de la matrícula escolar, y la necesidad de contar con un espacio para la realización de actividades creativas y deportivas de los alumnos de la Institución, logrando así la contención de los mismos.
Que resulta viable la adquisición del predio en cuestión, por parte de la Municipalidad (ya que la Comisión Administradora del FAE carece de Personería Jurídica para realizar la compra) siempre y cuando se cuente con el consentimiento previo, de dicha Comisión Administradora del FAE respecto a la adquisición del predio y a la erogación del precio de compra.
Que es necesario contar con un mejor espacio para que la escuela pueda ampliar sus instalaciones, ofreciendo una mejor atención futura para los niños y adolescentes de esta populosa zona.
Que atento a los cambios en el sistema educativo es necesario dotar a la escuela, en lo posible, de una mayor superficie que permita introducir las mejoras edilicias, para la aplicación de las mismas.
Que el terreno en cuestión reúne las condiciones optimas para alcanzar los objetivos del establecimiento educativo, por tener una superficie de 1.125 m² y ser lindero al mismo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1700/2006
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo a adquirir, con el Fondo de Asistencia Educativa de Villa Gobernador Gálvez, un terreno de propiedad del Sr. Marcelo Pascual Travascio, inscripto al dominio bajo el Tomo Nº 691, Folio 389 Nº 350.570, siendo sus medidas de 30 x 37,50 m, alcanzando una superficie de 1.125 m², con destino a la Escuela Nº 1.266 Juana Azurduy. Previo consentimiento por parte de la Comisión Administradora del FAE Villa Gobernador Gálvez, el cual deberá ser prestado en forma expresa y por escrito y notificado fehacientemente al Departamento Ejecutivo.
ART.2º) El monto de la compra se fija en la suma de $ 80.000.- (Pesos Ochenta Mil), pagaderos en 10 cuotas iguales y consecutivas.
ART.3º) Comuníquese a los establecimientos educativos integrantes del FAE para la afectación de dicha adquisición, asumiendo la municipalidad las reservas respectivas que permitan seguir atendiendo los requerimientos que soliciten los restantes establecimientos educativos.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de diciembre de 2.006.
Presidente: Daniel Machado Pro Secretaria: Victoria Beloni