Expte. Nº 3.041/07.
VISTO:
El Expediente Nº 3.041/07.
La Ley 2756, Arts.10º y 11º, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal llamó a licitación para la adquisición de indumentaria para el Personal Municipal, correspondiente al Primer Semestre Año 2.007, fijándose el presupuesto oficial en la suma de $ 90.000 (Art. 2º Decreto Nº 6.082/07).
Que como resultado de la Licitación hubo un solo oferente que cotizó (según consta a fojas 89 del expediente de referencia $ 98.251,39 y por compra global $ 93.338,80.
Que posteriormente el Departamento Ejecutivo Municipal por Decreto Nº 6478/07 dejo sin efecto el acto Licitación (Licitación Privada para la provisión de ropa para el personal municipal ) en virtud de haber tomado conocimiento que existe en la plaza comercial referido al rubro, precios por dichas prendas y artículos sensiblemente menores a los cotizados en la Licitación de marras.
Que teniendo en cuenta que se encuentran vencidos los plazos legales para la entrega de ropa al personal municipal correspondiente al 1er. Semestre del año 2.007 y a que la Licitación Privada para la adquisición de la misma ha sido dejada sin efecto por el municipio ( Decreto Nº 6478/07 ) corresponde declarar por parte de este Concejo la urgencia para la adquisición de la misma, autorizando la venta directa por una suma inferior a 93.338,80, prescindiéndose de la licitación debido a que el llamado a una nueva licitación demandaría un proceso mayor de 60 días, lo cuál agravaría la mora en que se ha incurrido.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1728/2007
ART.1º) Declárase la urgencia para la adquisición de la indumentaria para el Personal Municipal correspondiente al 1er. Semestre del año 2.007, prescindiéndose del llamado a licitación (Art. 11º Ley 2756).
ART.2º) Autorízase la Compra Directa de la indumentaria para el Personal Municipal correspondiente al 1er. Semestre del año 2.007 en la misma cantidad y calidad de artículos ofrecidos por el único oferente de la Licitación privada (dejada sin efecto por Decreto Nº 6478/07 del Departamento Ejecutivo Municipal) y cuyo monto global deberá ser inferior a 93.338,80, de modo que quede debidamente justificada la anulación del proceso licitatorio de referencia.
ART.3º) Una vez efectuada la compra autorizada por Art. 2º deberá remitirse al Concejo Deliberante detalle de artículos adquiridos y planilla detallada del gasto realizado.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de septiembre de 2.007.
Presidente: Daniel Machado A/C Secretaria: Mario Correale