Miércoles, 10 Diciembre 2008 10:03

Ord. 1817/08 Modificación Ord. 1268/97 y 1608/04 Tasa Habilitación de Negocios

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Expte. Nº 3.419/08.

VISTO:

La Ley 2756.

              Ordenanza Nº 1.608/04.

              Ordenanza Nº 1.415/99 .

              Ordenanza Nº 1.268/97 , y

 

CONSIDERANDO:

Que miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntarios han manifestado la necesidad de incrementar la Tasa de Inspección.

Que dicha tasa, correspondiente a la tarea que realiza el Cuerpo de Bomberos Voluntarios cuando se solicita la habilitación de un negocio, no se actualiza su monto desde el año 1.997, por lo cuál se hace necesario una readecuación en el monto de la misma.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1817/2008

 

ART.1º)Establécese un Derecho de Inspección Cuerpo Bomberos Voluntarios que será abonado por única vez, al momento de la solicitud de habilitación de actividades de comercios, servicios e industriales, de acuerdo a los siguientes parámetros: el presente Derecho se calculará a razón de $1.-(Pesos Uno) por metros cuadrados (m²) de superficie cubierta, estableciéndose un monto mínimo de $20.-(Pesos Veinte) y un monto máximo de:

 a) para actividades comerciales, depósitos,  y de servicios se establece en $150.-(Pesos Ciento Cincuenta),

b) para actividades industriales y depósitos industriales se establece en $350.(Pesos Trecientos Cincuenta)

Texto según Ordenanza 1820/08

 

 

ART.2º) La tasa referida en el Art. 1º cubrirá el costo que demande la inspección que deben realizar el Cuerpo de Bomberos para constatar la seguridad en relación a incendios del o los locales sujetos a habilitación, formándose un fondo con la recaudación de la misma, el que será transferido mensualmente al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.3º) Incorpórese la presente como parte del Art. 22º de la Ordenanza Nº  1.608/04 .

 

ART.4º) Deróguese la Ordenanza Nº 1.268/97.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de diciembre de 2.008.

 

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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