CONSIDERANDO:
Que la aprobación del cuadro tarifario, solicitado por la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda. y elevado para su tratamiento a este Concejo Deliberante, está fundada en las siguientes consideraciones: conforme se expresa en la información remitida por la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez, la Empresa Provincial De la Energía (E.P.E.) modifica el cuadro tarifario correspondiente a consumos de energía eléctrica a partir del mes de septiembre 2.008, dicha modificación abarca la totalidad de las modalidades de los consumos que integran el cuadro tarifario.
Que el Contrato de Concesión especifica que la tarifa no podrá exceder el monto que fije la E.P.E. para idénticos consumos en la Ciudad de Rosario.
Que en la última reunión del Ente de Contralor del Servicio Público de Energía Eléctrica y Alumbrado Público de la Cuál participaron los Concejales designados en representación del Concejo Deliberante, la Cooperativa hizo las aclaraciones pertinentes con respecto a la forma de aplicación del nuevo cuadro tarifario, haciendo referencia a la particularidad de las tarifas para jubilados y pensionados las que gozarán de 70 Kwh para el primer tramo y 70 Kwh para el siguiente tramo representando una ventaja respecto al cuadro tarifario de la E.P.E.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, entiende que debe ser aprobado el nuevo cuadro tarifario, propuesto por la Cooperativa Integral de Villa Gdor. Gálvez Ltda.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1796/2008
ART.1º) Apruébase para ser aplicado en la facturación de los consumos a partir del mes de septiembre de 2.008 por el Concesionario del Servicio de Energía Eléctrica, Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda., el Cuadro Tarifario que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.
ART.2º) Déjese sin efecto el Cuadro Tarifario aprobado por Ordenanza Nº 1.762/08 en su Anexo Nº I, a partir de los consumos de energía eléctrica correspondientes al mes de septiembre de 2.008, y con excepción de las siguientes tarifas T1DResidencial Diferencial, T1F Residencial FO.NA.VI., T1S Residencial Solidaria, T1T Residencial Plan Trabajar , que permanecen sin modificación.
ART.3º) En cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 17º de la Ordenanza Nº 1.141/95 y Clausula Décimosexta del Contrato de Concesión, el presente cuadro tarifario permanecerá vigente en todo y cada uno de sus items hasta su derogación dispuesta por Ordenanza. Cualquier modificación introducida unilateralmente por la concesionaria, en la facturación, tendrá el efecto de suspender la obligación de pago por parte de los usuarios, no pudiendo en este caso ordenarse el corte del servicio por falta de pago.
La concesionaria queda obligada a restituir a los usuarios los importes cobrados por fuera del cuadro tarifario autorizado por el Concejo Deliberante, con más los intereses que en ese momento se fijen para el cobro de las facturas de energía eléctrica atrasadas.
ART.4º) Una vez promulgada la presente Ordenanza hágase conocer a la Concesionaria del Servicio Eléctrico de la Ciudad.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de septiembre de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti Pro Secretaria: Victoria Beloni
ANEXO I
CUADRO TARIFARIO
Para aplicar a partir de SEPTIEMBRE 2008
T1 (1 04) RESIDENCIAL (hasta 120 kwh)
Cuota de Servicio $ 7,11219
Primeros 60 kwh/mes $ 0,09139
Siguientes 60 kwh/mes $ 0,12115
T1 (1 01) RESIDENCIAL (mayor de 120 kwh)
Cuota de Servicio $ 11,83094
Primeros 60 kwh/mes $ 0,10656
Siguientes 60 kwh/mes $ 0,13602
Excedente $ 0,25114
T1D RESIDENCIAL DIFERENCIAL $ 18,0000
Cuota de servicio (hasta 300 kwh) $ 50,0000
Cuota de servicio (a partir de 301 Kwh)
T1F RESIDENCAL FONAVI
Cuota de servicio (hasta 300 kwh) $ 32,0000
Cuota de servicio (a partir de 301 Kwh) $ 50,0000
T1S RESIDENCIAL SOLIDARIA
Cuota de servicio (hasta 300 kwh) $ 18,0000
Cuota de servicio (a partir de 301 Kwh) $ 50,0000
T1T RESIDENCIAL PLAN TRABAJAR
Cuota de servicio (hasta 300 kwh) $ 18,0000
Cuota de servicio (a partir de 301 Kwh) $ 50,0000
T1 b (1 06) JUBILADOS Y PENSIONADOS
Cuota de servicio $ 3,51162
Primeros 70 kwh/mes $ 0,04688
Siguientes 70 kwh/mes $ 0,06394
T2a1 (UC1) COMERCIO menor de 50 Kw: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 12,86425
Consumo $ 0,30568
T2a2 (UC2) COMERCIO menor de 50 Kw: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 88,86509
Consumo $ 0,24597
T2a3 (UC3) COMERCIO menor de 50 Kw: (mayor de 2000 kwh)
Cuota de servicio $245,42731
Consumo $ 0,19269
T2a4 (UC4) COMERCIO menor de 50 Kw: (mayor a 5000 kwh)
Cuota de servicio $245,42731
Consumo $ 0,21370
(UC7) General COMERCIAL menor de 50 Kw.
Consumos nocturnos (23:00 a 6:00 hs.) $ 0,13762
T2b1 (UCL 1) COMERCIO menor de 50 Kw: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 12,22103
Consumo $ 0,29071
T2b2 (UCL 2) COMERCIO menor de 50 Kw: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 84,42182
Consumo $ 0,23399
T2b3 (UCL 3) COMERCIO menor de 50 Kw (mayor de 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 233,15595
Consumo $ 0,18337
T2b4 (UCL 4) COMERCIO menor de 50 Kw: (mayor a 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 233,15595
Consumo $ 0,20331
(UCL 7) General COMERCIAL menor de 50 Kw
Consumos nocturnos (23:00 a 6:00 hs.) $ 0,13087
T3a1 (UI1) INDUSTRIA: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 12,86425
Consumo $ 0,27228
T3a2 (UI2) INDUSTRIA: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 88,86509
Consumo $ 0,20965
T3a3 (UI3) INDUSTRIA: (desde 2001 hasta 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 245,42731
Consumo $ 0,15411
T3a4 (UI4) INDUSTRIA: (mayor de 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 245,42731
Consumo $ 0,17061
(UI7) General INDUSTRIAL menor de 50 Kw.
Consumos nocturnos (23:00 a 6:00 hs.) $ 0,11025
UPI PARQUE INDUSTRIAL: Industria menor de 50 Kw.
UPI 1 INDUSTRIA (hasta 800 kw)
Cuota de servicio $ 10,29140
Consumo $ 0,21782
UPI 2 INDUSTRIA (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 71,09207
Consumo $ 0,16772
UPI 3 INDUSTRIA (desde 2001 hasta 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 196,34185
Consumo $ 0,12329
UPI 4 INDUSTRIA (mayor de 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 196,34185
Consumo $ 0,13649
UPI 7 General INDUSTRIA (menor de 50 kw)
Consumos nocturnos (23:00 a 6:00 hs) $ 0,08820
T8 (4 26) ASOCIACIONES CIVILES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
Consumos superiores a 120kwh/mes
Cuota de servicio $ 7,55544
Consumo (primeros 5000 kwh) $ 0,22323
Consumo (excedente de 5000 kwh) $ 0,23760
T8 (4 29) ASOCIACIONES CIVILES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
Consumos hasta 120kwh/mes
Cuota de servicio $ 3,77771
Consumo (primeros 5000 kwh) $ 0,11417
T4 (3 71) ALUMBRADO PUBLICO
Sin reposición de lámparas con servicio $ 0,1482
GRANDES DEMANDAS
T51 (2B1) GRANDES DEMANDAS BAJA TENSIÓN: Ind. menor a 300 Kw
Fijo Comercial $ 63,93
Máxima horas pico $ 21,069
Máxima fuera de pico $ 9,394
Cargo por potencia adquirida $ 4,080
Consumo horas pico $ 0,09988
Consumo fuera de pico $ 0,08673
Consumo nocturno $ 0,07876
T52 (2B2) GRANDES DEMANDAS BAJA TENSIÓN: Ind. mayor o igual a 300 Kw:
Fijo Comercial $ 63,93
Máxima horas pico $ 21,069
Máxima fuera de pico $ 9,39400
Cargo por potencia adquirida $ 4,08000
Consumo horas pico $ 0,09988
Consumo fuera de pico $ 0,08673
Consumo nocturno $ 0,07876
TE1(2M11) GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSION. Ind. Menor a 300 kwh
Fijo Comercial $ 247,47
Máxima hora pico $ 12,746
Máxima fuera de pico $ 5,179
Cargo por potencia adquirida $ 3,851
Consumo horas pico $ 0,09492
Consumo fuera de pico $ 0,08243
Consumo nocturno $ 0,07485
TE2(2M12) GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSION: Ind. mayor o igual a 300 Kw:
Fijo Comercial $ 247,47
Máxima hora pico $ 12,746
Máxima fuera de pico $ 5,179
Cargo por potencia adquirida $ 3,851
Consumo horas pico $ 0,09492
Consumo fuera de pico $ 0,08243
Consumo nocturno $ 0,07485
TC (2M32) GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSION: Ind. mayor o igual a 1000 Kw:
Fijo Comercial $ 247,47
Máxima hora pico $ 12,491
Máxima fuera de pico $ 4,788
Cargo por potencia adquirida $ 3,851
Consumo horas pico $ 0,09492
Consumo fuera de pico $ 0,08243
Consumo nocturno $ 0,07485
P GRANDES DEMANDAS PARQUE INDUSTRIAL BAJA TENSIÓN.
P B1 GRANDES DEMANDAS BAJA TENSIÓN: Ind. Mayor a 20 Kw y menor a 300 Kw
Fijo Comercial $ 56,25
Máxima horas pico $ 18,541
Máxima fuera de pico $ 8,267
Cargo por potencia adquirida $ 4,080
Consumo horas pico $ 0,09988
Consumo fuera de pico $ 0,08673
Consumo nocturno $ 0,07876
P B2 GRANDES DEMANDAS BAJA TENSIÓN: Ind. Mayor o igual a 300 Kw
Fijo Comercial $ 56,25
Máxima horas pico $ 18,541
Máxima fuera de pico $ 8,267
Cargo por potencia adquirida $ 4,080
Consumo horas pico $ 0,09988
Consumo fuera de pico $ 0,08673
Consumo nocturno $ 0,07876
P M11 GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSIÓN 13,2 KW: Ind. Mayor a 20 Kw y menor a 300 Kw
Fijo Comercial $ 217,77
Máxima horas pico $ 11,216
Máximo fuera de pico $ 4,558
Cargo por potencia adquirida $ 3,851
Consumo horas pico $ 0,09492
Consumo fuera de pico $ 0,08243
Consumo nocturno $ 0,07485
P M12 GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSIÓN 13,2 KW: Ind. Mayor o igual a 300 Kw
Fijo Comercial $ 217,77
Máxima horas pico $ 11,216
Máxima fuera de pico $ 4,558
Cargo por potencia adquirida $ 3,851
Consumo horas `pico $ 0,09492
Consumo fuera de pico $ 0,08243
Consumo nocturno $ 0,07485
ZONA RURAL
T1 (9 01) RESIDENCIAL (consumo superior a 120 kwh)
Cuota de Servicio $ 26,52428
Primeros 60 kwh/mes $ 0,15022
Siguientes 6O kwh/mes $ 0,19554
Excedente de 120 kwh/mes $ 0,30258
T2a1 (9111) COMERCIO: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 20,57045
Consumo $ 0,35310
T2a2 (9112) COMERCIO: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 115,67604
Consumo $ 0,27076
T2a3 (9113) COMERCIO: (mayor de 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 319,47374
Consumo $ 0,19854
T2a4 (9114)COMERCIO: (mayor a 5.000 kwh)
Cuota de servicio $ 319,47374
Consumo $ 0,22020
(UC7) General COMERCIAL menor de 50 kw
Consumo nocturno (23:00 a 6:00 hs.) $ 0,13762
T3 (9311) INDUSTRIA: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 21,36159
Consumo $ 0,35310
T3a2 (9312) INDUSTRIA: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 120,12512
Consumo $ 0,27076
T3a3 (9313) INDUSTRIA: (mayor de 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 331,76119
Consumo $ 0,19854