Miércoles, 11 Noviembre 2009 16:34

Ord. 1874/09 Afectación ingresos provenientes de distintos fondos especiales

Valora este artículo
(0 votos)

Expte. Nº  3.641/09.

VISTO:

Las disposiciones del Art. 39º de la Ley Nº 2756.

La Ordenanza Nº 1.415/99.

Las Leyes Nº 12.385 y 12.984 de la Provincia de Santa Fe, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el Código Tributario Municipal Ordenanza Nº 1.415/99 Capítulo II Art. 10º -Contribuciones Especiales-, se han dictado diversas Ordenanzas creando FONDOS ESPECIALES destinados a obtener recursos para financiar áreas tales como: Obras Públicas, Salud, Educación, Seguridad, Pavimentación, Bacheo, Obras de Aliviadores y Desagües, etc.

Que la crisis mundial, ha repercutido en nuestro país, generando dificultades económicas, financieras y sociales tanto en la Nación como en las Provincias y por ende en los Municipios, durante período fiscal 2.009, sin perspectiva en el corto plazo de recuperación alguna. 

Que a pesar de la crisis la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez mantiene la obligación de brindar servicios debiendo para ello adquirir los insumos necesarios para su normal funcionamiento y debe pagar en  término  los haberes mensuales.

Que lo establecido por la Ley N º 12.984 de la Provincia de Santa Fe, que en su Art. 1º faculta a los municipios y comunas de la Provincia de Santa Fe, en forma excepcional y por única vez para el año 2.009, a afectar hasta el 50% (cincuenta por ciento) del destino de los ingresos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados creados por Ley Nº 12.385 , para ser aplicados a Gastos Corrientes.

Que en virtud de las situaciones antes precitadas y toando como antecedente lo dispuesto por Ley Nº 12.984 de la Provincia de Santa Fe, resulta necesario en forma excepcional y para el período fiscal 2.009 solventar con parte de los recursos destinados a Fondos Especiales, los gastos generados por el pago de los haberes mensuales de los empleados municipales  y los provenientes de la adquisición de insumos imprescindibles para el funcionamiento normal de los servicios prestados. 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº1874/2009

 

 ART. 1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal en forma excepcional para afectar los ingresos del Fondo Municipal Especial de Obras Públicas y del Fondo Especial de Aliviadores y Emisarios pertenecientes a los meses de Septiembre y Octubre hasta un limite máximo de $200.000 (Pesos doscientos mil), para ser aplicado a Gastos de Personal y de Bienes y Servicios No Personales.

 

ART. 2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  5 de noviembre de 2.009.

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

Visto 270 veces