Expte. Nº 4.099/10.
VISTO:
La Ley 2756, la prórroga del convenio de desocupación del inmueble del Fideicomiso Stephenson, autorizado por Ordenanza Nº 1.937/10 , por el edificio situado en la calle Guido Spano y Stephenson, donde funcionan las oficinas de Transito, Carnet de Conducir, Saneamiento, Corralón Municipal y oficina de Educación Vial, y
CONSIDERANDO:
Que el 31 de diciembre de 2010 expira el plazo del referido convenio de desocupación del inmueble, autorizado por Ordenanza Nº 1.937/10 , dónde funcionan las oficinas nombradas en el Visto.
ORDENANZA Nº 1957/2010
ART. 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el correspondiente instrumento de prorroga hasta el 30/04/11 del convenio de desocupación del inmueble del Fideicomiso Stephenson autorizado por Ordenanza Nº 1.937/10 por el edificio situado en calle Guido Spano y Stephenson donde funcionan las oficinas de Tránsito, Carnet de Conducir, Saneamiento, Corralón Municipal y oficina de Educación Vial con idénticas cláusulas y en las mismas condiciones establecidas en el convenio de desocupación autorizado por Ordenanza Nº 1.937/10, dejando sin efecto la cláusula segunda en cuánto a la improrrogabilidad del plazo de desocupación y estableciendo a favor de la Municipalidad la opción de rescindir esta prórroga preavisando al Fideicomiso con 30 días de anticipación.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale