Expte. Nº 4.009/10.
VISTO:
La Ley Nº 2756.
La Ordenanza Tributaria Nº 1.608/04 .
La Ordenanza Nº 1.877/09 .
El Decreto Municipal Nº 4553/09, y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 6º de la Ordenanza Tributaria Anual Nº 1.608/04 establecía los vencimientos para el cobro de la Tasa General de Inmuebles, el cuál fue modificado por Ordenanza Nº 1.877/09 Art. 2º, el cuál establece 1er. vencimiento; cuarto día hábil de cada mes, con un descuento del 20 %; 2do. vencimiento: hasta el 7mo. día hábil, con un descuento del 10 % y 3er. vencimiento: a partir del octavo día hábil y hasta el décimo día hábil de cada mes, sin descuento
Que el Decreto Nº 4.553/09 dispone las fechas de vencimiento de la Tasa General de Inmuebles Zona Urbana Sub Urbana y Especial, período fiscal 2010, siendo el del Anticipo 10º de la T.G.I. el siguiente:
1.- 04/11/10
2.- 09/11/10
3.- 12/11/10
Que a fines del mes de agosto de 2010 se emitió solamente el 9no. Anticipo de la Tasa General de inmuebles período fiscal 2010.
Que la actual emisión incluye los Anticipos 10º, 11º y 12º del Período 2010.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha elaborado un folleto en el cuál se le informa a la ciudadanía en general, datos puntuales a tener en cuenta respecto al tributo Tasa General de Inmuebles y el costo que implica su contraprestación en servicios a la comunidad, el mismo se distribuirá con las emisiones a las que se hace referencia en el párrafo anterior.
Que el folleto informativo ha sido entregado en el día de la fecha al Departamento de informática de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, lo cuál implica un trabajo previo de diseño y carga de información por parte del personal del Departamento mencionado anteriormente, lo que motiva la imposibilidad de ser entregado en tiempo y forma a la empresa encargada de la distribución de la Tasa General de Inmuebles, hecho que hace presumir, que el 10mo. Anticipo 2010 de la T.G.I. llegará con posterioridad al 1º, 2º y 3º vencimiento establecido por Ordenanza Nº 1.877/09 y Decreto Municipal Nº 4.553/09.
Que resulta necesario prorrogar los vencimientos del 10º Anticipo de la Tasa General de Inmuebles, a los efectos de evitar que los contribuyentes se sientan perjudicados e imposibilitados, por causa de fuerza mayor, de gozar de los descuentos por el pago del tributo, en las fechas de vencimientos establecidos por las Ordenanzas vigentes,
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1933/2010
ART.1º) Prorróguense los vencimientos de la Tasa General de Inmuebles correspondientes al 10º Anticipo Zona Urbana, Sub Urbana y Especial, según el siguiente detalle:
1er. Vencimiento: 18/11/2010 con un descuento del 20 %.
2do. Vencimiento: 23/11/2010 con un descuento del 10 %.
3er. Vencimiento: 26/11/2010, sin descuento (neto).
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de octubre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale