Lunes, 05 Julio 2010 02:49

Ord. 1911/10 Cuadro tarifario consumo de energía eléctrica Junio 2010

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El Expediente Nº 3.859/10 de este Concejo Deliberante por el cuál la Cooperativa Integral  de Villa Gobernador Gálvez Ltda. solicita la aprobación del cuadro tarifario que regirá a partir de la facturación de los consumos correspondientes a la facturación a partir del  1º de junio de 2.010,  y

 CONSIDERANDO:

Que la aprobación de los cuadros tarifarios, solicitada por la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda.  y elevado para su tratamiento a este Concejo Deliberante, está fundada en las siguientes consideraciones:  conforme se expresa en la información remitida por la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez, la Empresa Provincial De la Energía (E.P.E.) modifica el cuadro tarifario correspondiente a consumos de energía eléctrica a partir del 1 de junio de 2.010 .         Que el nuevo cuadro tarifario refleja los cambios en los precios  de compra en el Mercado Eléctrico Mayorista establecidos por la Resolución Nº 347/2010 de la Secretaría de Energía de la Nación, que implican reducciones en los cargos variables (kwh) de las tarifas residenciales (1401, 1501 y 1601) que se aplican para consumos mayores a 500 kwh/mes y también en los segmentos correspondientes a tarifas residenciales rural (R401, R 501 y R 601) que se aplican para consumos superiores a 500 kwh.

 

Que los cuadros tarifarios detallados en Anexo I, parte integrante de la presente Ordenanza, concuerdan con el cuadro tarifario de la EPE, y por imperio de lo establecido en el Contrato de Concesión del Servicio de Energía Eléctrica y Alumbrado Público de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez; también de aplicación al cuadro tarifario de la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Limitada.

 

Que por todo lo expuesto, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, entiende que debe ser aprobado el nuevo cuadro tarifario, propuesto por la Cooperativa Integral de Villa Gdor. Gálvez Ltda.

 

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1911/2010

 

ART.1º) Apruébase para ser aplicado en la facturación de los consumos a partir del 1º de junio de 2.010, por el Concesionario del Servicio de Energía Eléctrica, Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda., el Cuadro Tarifario que como Anexo I forma  parte de la presente Ordenanza.

 

ART.2º) Déjese sin efecto el  Cuadro Tarifario aprobado por Ordenanza Nº 1.888/10 , en su Anexo I, a partir de los consumos de energía eléctrica del 1º de junio de 2.010.

 

ART.3º) En cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 17º de la Ordenanza Nº 1.141/95 y Cláusula Decimosexta del Contrato de Concesión, el presente cuadro tarifario permanecerá vigente en todo y cada uno de sus ítems hasta su derogación dispuesta  por Ordenanza. Cualquier modificación introducida unilateralmente por la concesionaria, en la facturación, tendrá el efecto de suspender la obligación de pago por parte de los usuarios, no pudiendo en este caso ordenarse el corte del servicio por falta de pago.

             La concesionaria queda obligada a restituir a los usuarios los importes cobrados por fuera del cuadro tarifario autorizado por el Concejo Deliberante, con más los intereses que en ese momento se fijen para el cobro de las facturas de energía eléctrica atrasadas.

 ART.4º) Una vez promulgada la presente Ordenanza hágase conocer a la Concesionaria del Servicio Eléctrico de la Ciudad.

 ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de julio de 2.010.

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

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