Sábado, 09 Julio 2011 13:36

Ord. 1974/11 Aumento tarifa remiss

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            Los Expedientes. Nº 4.068/10; 4.131/11 y 4.160/11 de este Concejo Deliberante, y

 CONSIDERANDO:

            Que el costo de explotación y mantenimiento del servicio se han incrementado.

 

            Que resulta necesario fijar una nueva tarifa de remises, que la última solicitud efectuada por las Agencias de Remises y Titulares de remises que obra agregada al expediente Nº 4.131/11 resulta ser la más adecuada tomando en cuenta los estudios de costos y las tasas de inflación hasta el mes de junio del corriente año.

 

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1.974/2011

 

ART.1º) Fíjase la tarifa única, obligatoria e inamovible del servicio público de automóviles de alquiler modalidad remisses según el estudio realizado por el Departamento Ejecutivo, a saber:

 

Tarifa 1.-Normal: Lunes 0 hs a Viernes 22 hs, sábados 6 hs a sábado 22 hs

            Bajada de bandera………………………$ 4,80

            Por cada 100m…………………………..$ 0,24

            Por cada minuto de espera……………...$ 0,72 Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

 

Tarifa 2.-Diferencial: (Viernes desde las 22 hs a 6 hs del sábado, sábado desde las 22 hs.

Hasta lunes  0 hs, feriados las 24 hs)

            Bajada de bandera…………………....….$ 5,40

            Por cada 100 m………………………......$ 0,27

            Por cada minuto de espera……………….$ 0,81 Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

 

ART.2º)  El importe de las tarifas con sus respectivos horarios y  la Ordenanza y su fecha de promulgación,  se publicarán en el interior de las unidades en un cartel con letra legible; con el fin de informar al usuario sobre lo estipulado.

ART.3º)  El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Gobierno realizará los controles referidos a los relojes odómetros emisores de tickets.

ART.4º) La presente Ordenanza comenzará a regir de la cero hora del día siguiente al de su promulgación.

 ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  8 de julio de 2.011.

 

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

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