Sábado, 14 Enero 2012 01:24

Ord. 2014/12 Modifica art. 21 Ord. 1608/04 Der. Reg. e Inspección Vencimientos

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Expte. 4.279/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El Código Tributario Municipal Ordenanza Nº 1.415/99.

La Ordenanza Tributaria Anual Nº 1.608/04.

El Decreto Nº 0009/2011, y

CONSIDERANDO:

Que según lo establecido en el Código Tributario Municipal Ordenanza Nº 1.415/99  –Liquidación y Pago- “Los contribuyentes y responsables deberán determinar e ingresar el Derecho correspondiente al periodo fiscal que se liquida, en el tiempo y forma que establezca la Ordenanza Impositiva Anual”.

Que la Ordenanza Tributaria Anual Nº 1608/04  establece en su Art. 21º DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION-“Vencimientos: conforme a lo previsto en el Art. 104º del Código Tributario se establecen los siguientes vencimientos para los distintos periodos fiscales…””…el día 10 de cada mes, o día hábil inmediato posterior en caso de feriado, del mes siguiente al que corresponda el periodo fiscal.

Que el Decreto Nº 0009/11  en su artículo primero declara en EMERGENCIA Económica, Sanitaria y Social a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que en virtud a lo establecido en el Artículo Cuarto del Decreto Nº 009/11 el Departamento Ejecutivo Municipal podrá reprogramar plazos y resolver contratos de suministro, obra, locación de servicios y consultoría anteriores a la vigencia del presente, con la finalidad de atender pagos, y asegurar la regularidad y continuidad de los servicios públicos esenciales del municipio y los sueldos del personal municipal.

Por lo expuesto y a los efectos de cumplir con lo establecido en el articulo cuarto del Decreto Nº 0009/11, resulta necesario modificar el vencimiento del Derecho de Registro e Inspección, a los efectos de que la municipalidad pueda ingresar lo declarado y pagado por los contribuyentes de este derecho, antes del día 10 (diez) de cada mes.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2014/2012

 

ART.1º) Modifíquese el Art. 21º de la Ordenanza Nº 1.608/04 -DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION-Vencimientos-el cuál quedara redactado de la siguiente manera:

 Vencimientos: Conforme a lo previsto en el Artículo 104 del Código Tributario Municipal se establecen los siguientes vencimientos para los distintos períodos Fiscales de cada año.

El día 5 de cada mes, o día hábil inmediato posterior en caso de feriado, del mes siguiente al que corresponda el período fiscal.

ART.2º) Suspéndase la aplicación de intereses, por los pagos del DReI realizados con posterioridad al 5 y hasta el día 10 o día hábil inmediato posterior, durante los tres primeros meses de implementación del nuevo vencimiento, es decir hasta el 30/04/2012.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  12 de enero de 2012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

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