Expte. 4580/12.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 1.588/04 y 1.608/04, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario adecuará los valores tributarios a la actual situación social-económica.
Que es indispensable la contribución de las distintas empresas prestatarias de Transportes Públicos para la consecución de obras de repavimentación y bacheo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2067/2012
ART.1º) Modifíquese en el Art. 22º de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de octubre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci