Viernes, 26 Octubre 2012 05:11

Ord. 2067/12 Modificación art. 22 Ordenanza 1608/04 "Fondo Especifico de repavimentación y bacheo"

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Expte. 4580/12.

VISTO:

Las Ordenanzas Nº 1.588/04 y 1.608/04, y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuará los valores tributarios a la actual situación social-económica.

Que es indispensable la contribución de las distintas empresas prestatarias de Transportes Públicos para la consecución de obras de repavimentación y bacheo.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2067/2012

 

ART.1º)  Modifíquese en el Art. 22º de la Ordenanza Nº 1.608/04 en el Título “Otros Tributos”, Fondo Especifico de Repavimentación y Bacheo, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Las Agencias de Remisses deberán abonar en concepto de Fondo de Repavimentación y Bacheo,  por cada unidad de remisses que se encuentre trabajando para ella, la suma mensual de $ 100.- (Pesos Cien), con vencimiento los días 10 de cada mes o hábil inmediato siguiente”.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  25 de octubre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

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