Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, para que se proceda a la construcción o reposición de las tapas de los sumideros sobre calle San Nicolás desde Soldado Aguirre hasta Temporelli. Exp. 4942/13.

VISTO     

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39 incisos 14, 52 y 53;

Constitución Nacional articulo 41;

Reclamos de los vecinos y;

CONSIDERANDO   

Que los sumideros ubicados en calle San Nicolás desde Avenida Soldado Aguirre hasta calle Temporelli constituyen peligro para los usuarios de dichas arteria.

Que dichos desagües carecen de sus correspondientes tapas o que las mismas están en deficientes condiciones.

Que al estar sobre la calzada, en las intersecciones de las calles que la cruzan pueden provocar serios daños materiales y aún más, personales de aquellos que no logran advertirlos.

Que   los   vecinos   han  intentado  señalizarlos   precariamente   pero  que   no  mejoran  la seguridad de los usuarios.

Que en la zona se encuentran la Escuela Nro. 1.281  Cecilia Grierson  y el Club  Coronel Aguirre, motivo por el cual transitan diariamente gran cantidad de personas, principalmente niños.

Que los sumideros sin tapa constituyen un foco infeccioso ya que en ellos se acumula basura obstruyendo la fluidez del agua, provocando olores desagradables y la proliferación de distintos tipos de alimañas.

Que la Constitución Nacional en su artículo nro. 41 establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.-  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través   de   la   Secretaria   que   corresponda,   proceda   a   la   construcción   o   adquisición   de   las   tapas correspondientes y su posterior colocación en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos a partir de la aprobación del presente decreto. Los sumideros se encuentran sobre calle San Nicolás desde Avenida Soldado Aguirre hasta calle Temporelli.

Artículo 2.-   El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar las bocas sin tapa ubicadas en calle San Nicolás desde Avenida Soldado Aguirre hasta calle Temporelli.

Artículo 3.-   El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través   de   la   Secretaría   que   corresponda,   realice   la   limpieza   y  desinfección   de   los   mencionados sumideros para evitar enfermedades y la obstrucción de los mismos.

Artículo 4.-  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través   de   la   Secretaría   que   corresponda,   proceda   a   arreglar   las   intersecciones   en  las   cuales   los sumideros están destruidos pero que aún conservan sus correspondientes tapas.

 

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, para que se realicen tareas de obras publicas en calle Soldado Aguirre al 2000. Exp. 4941/13.

Visto

Ley Orgánica de Municipalidades, artículo nro. 39 inciso 30 y;

Considerando

Que  en Avenida  Soldado  Aguirre  al   2.000,   en  su  intersección  con  calle  San  Nicolás   se

encuentra en bache de importantes dimensiones y una depresión significativa que resulta dificultosa advertirla con la vista.

Que   de   evitar   el   bache   inevitablemente   topa   con  la   depresión  aumentando  el   riesgo  de siniestralidad vial.

Que  el   bache  fue  rellenado  provisoriamente  con  escombro,   el   cual   no  está  debidamente nivelado, por lo tanto, se torna peligroso, principalmente para los motovehículos.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador  Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto

de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.-   El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de reparaciones del  bache ubicado en Avenida Soldado Aguirre al 2.000  en su intersección con calle San Nicolás.

Artículo 2.-  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice el nivelado de Avenida Soldado Aguirre al 2.000  en su intersección con calle San Nicolás.

 

 

 

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

 

BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor de los proyectos: Concejal Martínez.

 

 

TAREAS DE OBRAS PUBLICAS EN SOLDADO AGUIRRE AL 2000

Proyecto de Decreto, para que se realicen tareas de obras publicas en calle Soldado Aguirre al 2000. Exp. 4941/13.

Visto

Ley Orgánica de Municipalidades, artículo nro. 39 inciso 30 y;

Considerando

Que  en Avenida  Soldado  Aguirre  al   2.000,   en  su  intersección  con  calle  San  Nicolás   se

encuentra en bache de importantes dimensiones y una depresión significativa que resulta dificultosa advertirla con la vista.

Que   de   evitar   el   bache   inevitablemente   topa   con  la   depresión  aumentando  el   riesgo  de siniestralidad vial.

Que  el   bache  fue  rellenado  provisoriamente  con  escombro,   el   cual   no  está  debidamente nivelado, por lo tanto, se torna peligroso, principalmente para los motovehículos.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador  Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto

de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.-   El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de reparaciones del  bache ubicado en Avenida Soldado Aguirre al 2.000  en su intersección con calle San Nicolás.

Artículo 2.-  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice el nivelado de Avenida Soldado Aguirre al 2.000  en su intersección con calle San Nicolás.

 

 

CONSTRUCCION O REPOSICION TAPAS SUMIDEROS UBICADOS EN SAN NICOLAS DESDE SOLDADO AGUIRRE HASTA TEMPORELLI

Proyecto de Decreto, para que se proceda a la construcción o reposición de las tapas de los sumideros sobre calle San Nicolás desde Soldado Aguirre hasta Temporelli. Exp. 4942/13.

VISTO     

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39 incisos 14, 52 y 53;

Constitución Nacional articulo 41;

Reclamos de los vecinos y;

CONSIDERANDO   

Que los sumideros ubicados en calle San Nicolás desde Avenida Soldado Aguirre hasta calle Temporelli constituyen peligro para los usuarios de dichas arteria.

Que dichos desagües carecen de sus correspondientes tapas o que las mismas están en deficientes condiciones.

Que al estar sobre la calzada, en las intersecciones de las calles que la cruzan pueden provocar serios daños materiales y aún más, personales de aquellos que no logran advertirlos.

Que   los   vecinos   han  intentado  señalizarlos   precariamente   pero  que   no  mejoran  la seguridad de los usuarios.

Que en la zona se encuentran la Escuela Nro. 1.281  Cecilia Grierson  y el Club  Coronel Aguirre, motivo por el cual transitan diariamente gran cantidad de personas, principalmente niños.

Que los sumideros sin tapa constituyen un foco infeccioso ya que en ellos se acumula basura obstruyendo la fluidez del agua, provocando olores desagradables y la proliferación de distintos tipos de alimañas.

Que la Constitución Nacional en su artículo nro. 41 establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.-  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través   de   la   Secretaria   que   corresponda,   proceda   a   la   construcción   o   adquisición   de   las   tapas correspondientes y su posterior colocación en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos a partir de la aprobación del presente decreto. Los sumideros se encuentran sobre calle San Nicolás desde Avenida Soldado Aguirre hasta calle Temporelli.

Artículo 2.-   El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar las bocas sin tapa ubicadas en calle San Nicolás desde Avenida Soldado Aguirre hasta calle Temporelli.

Artículo 3.-   El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través   de   la   Secretaría   que   corresponda,   realice   la   limpieza   y  desinfección   de   los   mencionados sumideros para evitar enfermedades y la obstrucción de los mismos.

Artículo 4.-  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través   de   la   Secretaría   que   corresponda,   proceda   a   arreglar   las   intersecciones   en  las   cuales   los sumideros están destruidos pero que aún conservan sus correspondientes tapas.

 

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo intime a la Empresa Rosario Bus a retirar la ocupación que realizo de la vereda y calle Tarija entre Monte Hermoso y el limite norte de su propiedad. Exp. 4940/13.

VISTO:

            La Ley 2.756, Art. 39, la necesidad de resguardar los bienes públicos y

CONSIDERANDO:

            Que el día jueves 19 de Septiembre del corriente año este Concejo Deliberante aprobó el expediente N° 4.882/13 referido al expte. N° 43.976 del ejecutivo municipal , donde se solicita la aprobación de los planos de mensura y subdivisión de una propiedad de la empresa Ameristar S.A. ubicada frente al barrio Los Paraísos y lindera al galpón de la empresa Rosario Bus.

            Que una de las cláusulas de esta mensura y subdivisión era la donación de 10 metros para la ampliación de calle Tarija entre calle Monte Hermoso y el límite norte de dicho Lote.

            Que en los planos presentados como copia original en los expedientes citados puede observarse como dominio público los 10 metros del lado Este de calle Tarija, a los cuales se les adjuntarían los 10 metros donados por la empresa propietaria del loteo mencionado.

            Que en fotografías aéreas de enero de este año puede observarse la continuidad de calle Tarija entre el galpón de Rosario Bus y el Loteo de la empresa Ameristar S.A.

            Que dicha continuidad se ve interrumpida en la actualidad por la empresa Rosario Bus, que sin ningún tipo de autorización ocupó la vereda y la totalidad de  calle Tarija, cercándola y utilizándola para fines particulares, y que además de ocupar el espacio público avanzó sobre propiedad privada.

            Que ante todo debemos resguardar los bienes públicos, en este caso las calles, que además de constituir un delito grave de parte de la empresa, demuestra a las claras una falencia de parte la Municipalidad en cuanto a los controles que se deben ejercer.

            Que es necesario se tomen las medidas correspondientes para sancionar a la empresa por dicha actitud, y evitar así que otros tomen su ejemplo, y que se recupere la calle para garantizar la continuidad de la traza.

            Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de

DECRETO

Art. 1° - El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que por el área que corresponda intime a la empresa Rosario Bus a retirar la ocupación que realizó de la vereda y calle Tarija entre calle Monte Hermoso y el límite norte de su propiedad.

Art. 2° - El Departamento Ejecutivo Municipal iniciará las acciones legales correspondientes contra la empresa Rosario Bus por la falta cometida.

 

 

 

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

                 

BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

                                               

INTIMAR A ROSARIO BUS A RETIRAR LA OCUPACION QUE REALIZO DE LA VEREDA EN CALLE TARIJA ENTRE MONTE HERMOSO Y EL LIMITE NORTE DE SU PROPIEDAD

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo intime a la Empresa Rosario Bus a retirar la ocupación que realizo de la vereda y calle Tarija entre Monte Hermoso y el limite norte de su propiedad. Exp. 4940/13.

VISTO:

            La Ley 2.756, Art. 39, la necesidad de resguardar los bienes públicos y

CONSIDERANDO:

            Que el día jueves 19 de Septiembre del corriente año este Concejo Deliberante aprobó el expediente N° 4.882/13 referido al expte. N° 43.976 del ejecutivo municipal , donde se solicita la aprobación de los planos de mensura y subdivisión de una propiedad de la empresa Ameristar S.A. ubicada frente al barrio Los Paraísos y lindera al galpón de la empresa Rosario Bus.

            Que una de las cláusulas de esta mensura y subdivisión era la donación de 10 metros para la ampliación de calle Tarija entre calle Monte Hermoso y el límite norte de dicho Lote.

            Que en los planos presentados como copia original en los expedientes citados puede observarse como dominio público los 10 metros del lado Este de calle Tarija, a los cuales se les adjuntarían los 10 metros donados por la empresa propietaria del loteo mencionado.

            Que en fotografías aéreas de enero de este año puede observarse la continuidad de calle Tarija entre el galpón de Rosario Bus y el Loteo de la empresa Ameristar S.A.

            Que dicha continuidad se ve interrumpida en la actualidad por la empresa Rosario Bus, que sin ningún tipo de autorización ocupó la vereda y la totalidad de  calle Tarija, cercándola y utilizándola para fines particulares, y que además de ocupar el espacio público avanzó sobre propiedad privada.

            Que ante todo debemos resguardar los bienes públicos, en este caso las calles, que además de constituir un delito grave de parte de la empresa, demuestra a las claras una falencia de parte la Municipalidad en cuanto a los controles que se deben ejercer.

            Que es necesario se tomen las medidas correspondientes para sancionar a la empresa por dicha actitud, y evitar así que otros tomen su ejemplo, y que se recupere la calle para garantizar la continuidad de la traza.

            Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de

DECRETO

Art. 1° - El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que por el área que corresponda intime a la empresa Rosario Bus a retirar la ocupación que realizó de la vereda y calle Tarija entre calle Monte Hermoso y el límite norte de su propiedad.

Art. 2° - El Departamento Ejecutivo Municipal iniciará las acciones legales correspondientes contra la empresa Rosario Bus por la falta cometida.

 

 

 

Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.

Proyecto de Minuta de Comunicación, para que se proceda a instalar lomos de burro y/o reductores de velocidad en calle Richieri desde Soldado Aguirre hasta Temporelli. Exp. 4939/13.

VISTO:

 La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,

 El reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

 

              Que debido a la reciente obra de mejorado y estabilizado en el sector de Richieri desde Av. Soldado Aguirre hasta Temporelli se ha incrementado notablemente el tránsito en la misma.

              Que si bien los vecinos están agradecidos por las óptimas condiciones de las tareas realizadas en dicho tramo, estos comentan que los conductores transitan a gran velocidad.

              Que por ser Richieri una arteria muy transitada es necesario regular la velocidad de los conductores con el fin de preservar la integridad física de otros conductores, vecinos y peatones.               

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente Proyecto de 

 

MINUTA DE COMUNICACION

 

ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a instalar lomos de burro y/o reductores de velocidad, correctamente señalizados en Richieri desde Av. Soldado Aguirre hasta Temporelli.

 

 

 

 Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.

Proyecto de Minuta de Comunicación, para que se proceda a intensificar los controles sobre la circulación de tránsito pesado en la calle Buenos Aires desde Mitre hasta Bv. San Diego. Exp. 4938/13.

VISTO:

            La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.

            La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.

            La Ordenanza Nº 37/72, Reglamento de Tráfico y Tránsito,

            La Ordenanza Nº 734/92, y

CONSIDERANDO:

            Que la carpeta asfáltica que se encuentra colocada en calle Buenos Aires, desde Av. Mitre hasta Bv. San Diego  se  encuentra deteriorada  debido  al excesivo  tránsito  de  vehículos pesados.

             Que la normal circulación de vehículos se ve entorpecida debido a las maniobras que deben realizar los conductores de automóviles y motocicletas para esquivar los vehículos de gran porte que circulan en la mano contraria.

             Que existen baches en el tramo mencionado que acrecientan su tamaño por no soportar el peso de los vehículos pesados.

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente Proyecto de 

 

MINUTA DE COMUNICACION

 

ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a intensificar los controles sobre la circulación de tránsito pesado en calle Buenos Aires, desde Av. Mitre hasta Bv. San Diego, en virtud de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 734/92.

 

 

 

 

 

Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria  hasta la fecha.

BLOQUE JUSTICIALISTA FRENTE PARA LA VICTORIA

  Autores de los proyectos: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.

 

CONTROLES SOBRE LA CIRCULACION DEL TRANSITO PESADO EN BUENOS AIRES DESDE MITRE HASTA SAN DIEGO

Proyecto de Minuta de Comunicación, para que se proceda a intensificar los controles sobre la circulación de tránsito pesado en la calle Buenos Aires desde Mitre hasta Bv. San Diego. Exp. 4938/13.

VISTO:

            La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.

            La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.

            La Ordenanza Nº 37/72, Reglamento de Tráfico y Tránsito,

            La Ordenanza Nº 734/92, y

CONSIDERANDO:

            Que la carpeta asfáltica que se encuentra colocada en calle Buenos Aires, desde Av. Mitre hasta Bv. San Diego  se  encuentra deteriorada  debido  al excesivo  tránsito  de  vehículos pesados.

             Que la normal circulación de vehículos se ve entorpecida debido a las maniobras que deben realizar los conductores de automóviles y motocicletas para esquivar los vehículos de gran porte que circulan en la mano contraria.

             Que existen baches en el tramo mencionado que acrecientan su tamaño por no soportar el peso de los vehículos pesados.

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente Proyecto de 

 

MINUTA DE COMUNICACION

 

ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a intensificar los controles sobre la circulación de tránsito pesado en calle Buenos Aires, desde Av. Mitre hasta Bv. San Diego, en virtud de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 734/92.

 

 

 

 

LOMOS DE BURRO Y/O REDUCTORES DE VELOCIDAD EN RICHIERI DESDE SOLDADO AGUIRRE HASTA TEMPORELLI

Proyecto de Minuta de Comunicación, para que se proceda a instalar lomos de burro y/o reductores de velocidad en calle Richieri desde Soldado Aguirre hasta Temporelli. Exp. 4939/13.

VISTO:

 La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,

 El reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

 

              Que debido a la reciente obra de mejorado y estabilizado en el sector de Richieri desde Av. Soldado Aguirre hasta Temporelli se ha incrementado notablemente el tránsito en la misma.

              Que si bien los vecinos están agradecidos por las óptimas condiciones de las tareas realizadas en dicho tramo, estos comentan que los conductores transitan a gran velocidad.

              Que por ser Richieri una arteria muy transitada es necesario regular la velocidad de los conductores con el fin de preservar la integridad física de otros conductores, vecinos y peatones.               

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente Proyecto de 

 

MINUTA DE COMUNICACION

 

ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a instalar lomos de burro y/o reductores de velocidad, correctamente señalizados en Richieri desde Av. Soldado Aguirre hasta Temporelli.

 

 

 

Expte. 4.935/13.

VISTO:

            El Presupuesto de Gastos del  Concejo  Deliberante período  2014,

           La Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

Que los gastos proyectados para el funcionamiento de este Concejo Deliberante deben integrar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos que elabora el Departamen­to Ejecutivo Municipal en virtud de lo dispuesto en el Art. 39º, Inc. 17 de la  Ley 2756.

Que con motivo de las disposiciones legales mencionadas, corresponde a este Cuerpo remitir el Presupuesto de Gastos correspondiente al año 2.014.

Que este ha sido elaborado considerando los gastos estimados para el próximo año, manteniendo el buen funcionamiento de la institución.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº  2.154/2013

 

ART.1º) “Fíjese en $ 12.312.300.- (Pesos doce millones trescientos doce mil  trescientos) el monto correspondiente al presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez para el Año 2.014, que forma parte integrante del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez”  Texto según Ordenanza 2272/14

 

Texto anterior

 

Texto anterior

 

ART. 2º) “El monto establecido en el Art. 1º  se discrimina en los siguientes rubros:

                              Dietas                                                      $  1.915.800.-

                              Gastos de Representación                       $  1.352.000.-

                              Gastos de Funcionamiento                     $  1.125.000.-

                              Sueldos Personal y Gabinete                  $  5.636.000.-

                              Aportes Previsionales y Sociales             $  1.947.000.-

                              Gastos Difusión                                      $       75500.-

                              Seguros                                                   $     180.300.-

                              Subsidios y Colaboraciones                    $       80.700.-

                                                                                             -------------------

                                                                                              $12.312.300.-

Texto según Ordenanza 2272/14

 

 

Texto anterior

 

Texto anterior

 

 

ART.3º) El total de cargos presupuestados para el 2.014 asciende a 41, de acuerdo al cuadro anexo que es parte integrante de la presente.

ART.4º) El Concejo Deliberante se reserva la facultad de resolver Compensaciones de Partidas del Presupuesto que se aprueba por la presente Ordenanza, sin alterar el total general.

ART.5º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  10 de octubre de 2013.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº  4.934/13.

VISTO:

La Ley 2756.

El convenio único de Colaboración y Transferencia suscripto entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretría de Obras Públias del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Vivienda y la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez de la obra mejoramietno Coronel Aguirre.

La Ordenanza Nº 2149/13 que reglamenta el procedimiento para compras y contrataciones y sus montos máximos, y sus antecedentes legislativos locales, y

 

CONSIDERANDO:

Que el convenio mencionado en los Vistos tiene por objeto asistir financieramente por parte de ese Ente Nacional a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para la concreción y ejecución de la obra precitada.

Que en dicho convenio se establece que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez tendrá a su cargo la metodología de contratación que correspondiere.

La Ordenanza Nº 2149/13 que reglamenta el procedimiento para compras y contrataciones y sus montos máximos.

Que, a efectos de acelerar las gestiones correspondientes tendientes a la recepción de los fondos como así también el inicio de las obras en los plazos establecidos en el precitado convenio, el Departamento Ejecutivo Municipal considera urgente y necesario se autorice,  este caso puntual, a prescindir la normativa establecida en la precitada Ordenanza en lo referido a los montos de Llamado a Licitación Pública, y proceder a efectuar un Concurso de Precios entre tres proveedores que acrediten sus  inscripciones en los organismos fiscales y Municipalidad según corresponda.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.153/2013

 

ART.1º) Adhiérase al convenio único de Colaboracion y Transferencia suscripto entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente  de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión  Pública y Vivienda y la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para la ejecución de la obra de mejoramiento de Barrio Coronel Aguirre, que en copia forma parte de la presente.

 

ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a prescindir de las formalidades establecidas en la Ordenanza Nº 2149/13 referidas al Llamado Licitación Pública, y efectuar la contratación a través de un Concurso de Precios solicitando como mínimo tres cotizaciones suscriptas por proveedores que deberán acreditar sus inscripciones en los organismos fiscales y en el Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe.

 

ART.3º)  El Departamento Ejecutivo Municipal deberá elevar a este Cuerpo, copia de lo remitido a la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, conforme al convenio suscripto.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  10 de octubre de 2013.

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci