VISTO:

Que  el  día 11 de diciembre de 1.987,  ha  comenzado  un nuevo período de gobierno, y

 

CONSIDERANDO:

 Que es necesario dar claridad a todos los actos de gobierno.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 350/87

 

ART.1º) Dispóngase que dentro de los próximos 15 días a partir de la fecha, de promulgación de la presente Ordenanza, el Sr. Intendente  Municipal, los Sres. Secretarios del  Departamento Ejecutivo Municipal y los Señores Concejales presenten  una Declaración Jurada de todos sus bienes al  11  de diciembre de 1.987 y al 5 de diciembre de 1.987  respectivamente.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, diciembre 18 de 1.987.

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 VISTO:

La Ordenanza N º 0026/84 Bis , y

 

CONSIDERANDO:

 Que en el mismo se establece una bonificación a los  jubilados  y  pensionados de la Ciudad en el pago de  la  Tasa General  de  Inmuebles, según tope establecido  por  dicha Ordenanza, como es necesario actualizar dicho monto.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 351/87

 

ART.1º) Se  establece un incremento del 30 % en forma  automática sobre los valores mínimos jubilatorios que establezcan las cajas correspondientes en los ajustes periódicos que estas realicen,  se  establece un mínimo de A  245.-  (Australes Doscientos Cuarenta y Cinco).

 ART.2º) Tiene plena vigencia los requisitos exigidos para obtener este  beneficio  según lo especificado  por  la  Ordenanza 0026/84 Bis.

 ART.3º) Deróguese la Ordenanza N º 320/87 .

 ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, diciembre 23 de 1.987.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 VISTO:

La Ordenanza N º 349/87 , y

 

CONSIDERANDO:

 Que  la  Municipalidad  debe llevar  adelante  una  activa gestión  tendiente  a la regularización  de  la  situación fiscal de los deudores morosos, para una mejor  adecuación se modifican los Arts. 4º y 7º y se agrega una disposición transitoria a la Ordenanza N º 349/87 .

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 352/87

 

ART.1º) La cuota a abonar por el presente convenio estará  sujeto al pago de un interés directo según un parámetro entre las tasas  vigentes al momento de su pago a determinar por  el Departamento Ejecutivo Municipal, del Banco Provincial  de Santa Fe entre el índice de Tasa Pasiva de Caja de  Ahorro y la activa de descuento de documentos; el interés  estará sujeto a previa aprobación del Concejo Deliberante.

 

ART.2º) El acogimiento al régimen de facilidades establecidas por la  presente  Ordenanza en caso de  haberse  iniciado  una acción judicial estará condicionado al allanamiento de  la demanda por parte del contribuyente.

 

ART.3º) Disposición  transitoria  para quiénes se  acojan  a  las disposiciones  de  la presente Ordenanza y  tengan  juicio iniciado el día de la fecha, se eximirá a los  demandados, previo allanamiento de la demanda, al pago de honorarios y costas, dejándose expresamente determinado que esta disposición sólo regirá por los juicios iniciados con  anterioridad  a la promulgación de la presente Ordenanza.

 

ART.4º) Deróguese los Arts. 4º y 7º de la Ordenanza Nº 349/87 .

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 24 de diciembre de 1.987.

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 Nota: Derogada por Ordenanza 364/88

 Nota: Puesta en vigencia por Ordenanza 437/88

Nota: Derogada por Ordenanza 475/88

 

 VISTO:

Las notas cursadas por las Empresas Villa Diego S.R.L.  e Ing. Mosconi de fecha 30 de diciembre de 1.987, y

 CONSIDERANDO:

 Que  se  registró  un aumento en los insumos  y  costo  de explotación en esa actividad.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 353/87

 

ART.1º) Se determina el nuevo precio del boleto urbano de pasajeros  para Villa Gdor. Gálvez en A 0,65.- (Sesenta y  Cinco Centavos de Australes), para la Empresa Villa Diego S.R.L. e Ingeniero Mosconi.

 

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, fijará día y hora en que  entra en vigencia lo que determina el Art. 1º  de  la presente Ordenanza.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, diciembre 30 de 1.987.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 VISTO:

El  Presupuesto General de Gastos y Cálculo  de  Recursos para 1.987, vigente a la fecha, y

 CONSIDERANDO:

 Que las Partidas de Erogaciones correspondiente a personal y  Concejo  Deliberante se encuentran con  escaso  crédito disponible  para  hacer  frente a la  apropiación  de  las erogaciones  correspondientes a mes de diciembre de 1.987.

Que  por tal motivo se hace necesario proceder a  efectuar una  ampliación del crédito autorizado del Presupuesto  de Gastos vigentes.

 

ORDENANZA Nº 354/87

 

ART.1º) Modifíquese  el  Presupuesto  General  de  Gastos  1.987, vigente a la fecha, de la siguiente manera:

PARTIDAS QUE SE AUMENTAN

EROGACIONES CORRIENTES

0.1.1/01.00.00.00 PERSONAL                       200.000.-

0.1.1/06.00.00.00 CONCEJO DELIBERANTE             24.000.-

TOTAL                                            224.000.-

 

ART.2º)Como  consecuencia  de lo establecido en el  Art.  1º,  el Presupuesto  General de Gastos 1.987, quedará  establecido en  A 8.042.858.- (Australes Ocho Millones Cuarenta y  Dos Mil  Ochocientos  Cincuenta y Ocho),  según  el  siguiente detalle:

                                    R.G.       R.E.      TOTAL

EROGACIONES CORRIENTES           7.762.858     --      7.762.858

OPERACION                        7.089.989     --      7.089.989

-Personal                        4.544.000     --      4.544.000

-Bienes y Servicios No Pers.     2.545.989     --      2.545.989

INTERESES DE LA DEUDA               10.000     --         10.000

TRANSFERENCIAS                     170.869     --        170.869

A CLASIFICAR                        50.000     --         50.000

CONCEJO DELIBERANTE                442.000     --        442.000

EROGACIONES DE CAPITAL             280.000     --        280.000

INVERSION REAL                     230.000     --        230.000

-Bienes de Capital                  72.000     --         72.000

-Trabajos Públicos                 158.000     --        158.000

BIENES PRE EXISTENTES               50.000     --         50.000

TOTALES                          8.042.858     --      8.042.858

 

ART.3º) Como  consecuencia de lo establecido en los Arts.  precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo:

TOTAL EROGACIONES S/ART. 1º Y ORD. Nº 331/87 (ART.3º) 8.574.858.-

TOTAL RECURSOS S/ORD. Nº 331/87 (ART. 2º)             4.829.850

                                                      3.745.008    

 

ART.4º) Estímase  en  la suma de A  3.745.008.-  (Australes  Tres Millones Setecientos Cuarenta y Cinco Mil Ocho) el  Financiamiento de la Administración Municipal, de4 acuerdo  con la distribución que se indica a continuación:

                                    R.G.        R.E.       TOTAL

FINANCIAMIENTO

1.- Aportes no Reint.             203.769        --       203.769

2.- Uso del Crédito

Aportes reint. proven.

del Estado Pcial. o Nacional    3.541.239        --     3.541.239

3.- Adelantos otorgados a

proveed. en Ejerc. Ant.             --           --          -- 

4.- Remanente Ejerc. Ant.           --           --          --

TOTALES                         3.745.008        --     3.745.008

 

I NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO                  3.745.008

II TOTAL FINANCIAMIENTO                        3.745.008

RESULTADO                               Presupuesto Equilibrado

 

ART.5º) Mantiénese la plena vigencia de los Arts. 6º, 7º y 8º  de la Ordenanza N º 331/87.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 1.987.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 VISTO:

La Ordenanza N º 212/86 , y

CONSIDERANDO:

 La  nueva reestructuración de la Secretaría  de  Hacienda, dentro del Area de Tributos, considera necesario su eliminación, por no estar de acuerdo a los nuevos lineamientos.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 355/87

 

ART.1º) Derógase a partir de la fecha la Ordenanza N º 212/86 .

 

ART.2º) Los  Tributos  pendientes de pago y cuyo  vencimiento  se hubiera  operado dentro del tiempo de vigencia de la  mencionada  Ordenanza, no sufrirán los recargos impuestos  en la misma.

 

ART.3º) Los tributos que hubieran abonado los recargos  impuestos por la misma dentro de su vigencia, quedan firmas.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 1.987.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 VISTO:

Que las distintas Secretarías no han concluído los trabajos  previos  inherentes a la confección del  Cálculo  de Recursos y Presupuesto de Gastos 1.988.

Que  al  mismo  tiempo no se han  recibido  del  Superior Gobierno de la Provincia las pautas y datos de Coparticipación necesarias para su estudio y elaboración, y

 CONSIDERANDO:

 Que  es  impostergable dotar a la actividad  municipal  el correspondiente  instrumento  legal a los  efectos  de  no entorpecer el normal desenvolvimiento administrativo.

 Que  hasta  tanto se cuente con el Cálculo de  Recursos  y Presupuesto  General  de  Gastos para  1.988,  es  posible reconducir  para  el mencionado ejercicio, el  Cálculo  de Recursos y Presupuesto de Gastos 1.987.

 Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 356/87

 

ART.1º) Procédase  a reconducir para el año 1.988, en  todos  sus términos  el Cálculo de Recursos y Presupuesto  de  Gastos 1.987,  el  cuál  mantendrá su vigencia  hasta  tanto  sea sancionado el correspondiente al próximo ejercicio.

 

ART.2º) En  consecuencia  se  mantienen con  plena  vigencia  los términos  de los Arts. 2º, 3º, 4º y 5º de la Ordenanza  N º 354/87.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 1.987.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 VISTO Y CONSIDERANDO:

 Que  las personas que concurren al Cementerio San  Lorenzo de esta localidad , y lo hacen mediante los colectivos que tienen  como punto terminal o inicial dicho nosocomio,  se exponen permanentemente a las inclemencias del tiempo,  ya sea  cuando  llueve, en ocasión de días de  mucho  viento, frío  o calores, no teniendo, mientras desciende o  espera la  llegada del colectivo para su retorno, un lugar  donde  guarecerse.

Que atendiendo a dichas penurias que tiene que soportar  y en  el ánimo de atemperarlas de la mejor  manera  posible, los  concejales que suscriben la presente, se  apersonaron ante los titulares de la empresa concesionaria del  transporte  de  pasajeros Villa Diego S.R.L., a los  cuáles  en razón  de ser los actuales beneficiarios del servicios  de transporte,  se los solicite y se obtuvo de su  parte,  al construcción  con carácter de donación al municipio de  un refugio de material, que de ser aceptado, se concretaría a la brevedad.

Que  tratándose  de un beneficio para los  que  asisten  a recordar a sus muertos queridos.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 357/87

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para solicitarle preste conformidad para  que la Empresa Villa Diego S.R.L. construya y done a la  Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, un refugio para  los concurrentes al Cementerio San Lorenzo de esta Ciudad.

 

ART.2º) Por la Secretaría de Obras Públicas se indicará el  sitio donde deba emplazarse el sitado refugio, conviniendo a  su vez  con los donantes el tipo de construcción a  realizar, medidas, etc.

 

ART.3º) Cursar nota de agradecimiento a dicha empresa.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 1.987.

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone