Miércoles, 18 Enero 2017 19:54

Resol. 1871/16 Ayudas económicas

VISTO:

Las  notas presentadas por  los Sres. Ramírez, Sullivan y Franco,   a este Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO:

Que las mismas exponen  diferentes situaciones que,  necesariamente deben contar con una ayuda económica  para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION Nº 1.871/2016

ART.1º) Autorizase un pago de $ 1.500.- (Pesos Un Mil Quinientos)  al Sr. Ramírez Nahuel Alejandro  D.N.I. Nº 32.590.320;  en concepto de ayuda económica.

ART.2º)  Autorizase un pago de $  1.000.- (Pesos Un Mil)  a la Sra. Sullivan Silvia Martina D.N.I. Nº 25.275.703;  en concepto de ayuda económica.

ART.3º) Autorizase un pago de $  500.- (Pesos Quinientos) a la  Sra.Franco Silvina MaríaBelén D. N.I. Nº  36.195.735, en concepto de ayuda económica.

ART.4º)  Impútese el gasto que demanda la presente a la partida correspondiente.

ART.5º)   Comuníquese y archívese.

Dado en Sala del Concejo Deliberante,  16 de marzo de 2.016.

VISTO:

              Que el día 8 de marzo del cte. Años se  conmemorará el Día Internacional de la Mujer.   

  Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez organizó para el día domingo 28 de febrero pasado  el maratón VGG CORRE Distancias: 2, 5 y 10 Km desde Plaza A La Madre y la compra de trofeos para dicho evento, y

CONSIDERANDO:

Que el municipio, a través de la Coordinación de Deportes, llevó a cabo dicho evento  deportivo como parte de las actividades por los festejos del 128º Aniversario de la Ciudad.

Que el recorrido llevará a los atletas a transitar por lugares históricos y característicos de la ciudad, como ser El Reloj,  Club Talleres,  Plaza San Martín y el Ferrocarril entre otros sitios.

Que este Concejo Deliberante colabora con la organización del evento referido anteriormente con la compra de 10 (diez) premios metalizados, destinados a los ganadores de dicha maratón.

Que el Concejo Deliberante en una ceremonia realizada en la Casa de la Cultura donde reinó la emoción y el compromiso,  entregó reconocimientos a las "Mujeres Destacadas 2016" en el marco de la conmemoración por el Día Internacional de la Mujer. 

            Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN N° 1.870/2016

    

            ART.1º)  Autorizase el pago de $ 4.719.- (Pesos Cuatro Setecientos Diecinueve) en concepto de 10 (diez) premios metalizados que fueron destinados a los ganadores de la Maratón VGG CORRE que se llevó a cabo el 28 de febrero pasado en nuestra ciudad.

          

ART.2º) Autorizase el pago de $ 1.050.- (Pesos Mil Cincuenta) en concepto de 3 (tres) premios especializados; que fueron entregados en el evento “Mujeres destacadas 2016”

ART.3º) Autorizase el pago de $ 10.800.- (Pesos Diez Mil Ochocientos) en concepto de 30 (Treinta) premios madera con sublimación “Día de la mujer”.

ART.4º)Impútese el gasto que demanda la presente a la partida correspondiente.

              ART.5º) Comuníquese y Archívese.

Dado en Sala del  Concejo Deliberante,  15 de marzo  de 2.016.

VISTO:

La Ley 9286, Arts. 16º y 17º.

La necesidad de restructuración en la prestación de los servicios por parte del Personal de Planta Permanente, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al análisis de los legajos del personal y de sus antecedentes e idoneidad para el desempeño de funciones en el ámbito de este Cuerpo Deliberativo, resulta necesario realizar cambios de agrupamiento para optimizar la prestación de los servicios necesarios para tareas de Mantenimiento y  de Servicios Generales.

Que en el caso del agente municipal Daniel Omar Martínez, D.N.I. Nº 14.179.212, por nota ha solicitado  el cambio  de agrupamiento.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN N° 1.869/2016

    

              ART.1º)  Dispónese el cambio de agrupamiento del Agente Municipal Cat. 15 Planta Permanente de este Concejo Deliberante Sr. Gabriel Eduardo Lomo D.N.I. Nº 26.572.217, que a partir del 1º de marzo del corriente año revistará en el Agrupamiento Mantenimiento y Producción.

          

               ART. 2º) Otórgase al agente mencionado en el Art. 1º, el adicional dispuesto en el Art. 55º de la Ley Nº 9286, Anexo II 20 % de la asignación de la categoría de revista por riesgo y tareas peligrosas.

ART. 3º) Dispónese el cambio de agrupamiento del Agente Municipal Cat. 15 Planta Permanente de este Concejo Deliberante, Sr. Daniel Omar Martínez D.N.I. Nº 14.179.212, que a partir del 1º de marzo del corriente año revistará en el Agrupamiento Servicios Generales.  

ART.4º) Impútese el gasto que ocasione la presente a la partida presupuestaria correspondiente.

ART.5º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala del  Concejo Deliberante,  3 de marzo  de 2.016.

 

 

Miércoles, 18 Enero 2017 19:48

Resol. 1868/16 Ayudas económicas

VISTO:

Las  notas presentadas por  las Sras.  Gugnale y  Franco  a este Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO:

Que las mismas exponen  diferentes situaciones que,  necesariamente deben contar con una ayuda económica  para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION Nº 1.868/2016

ART.1º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil)  a la  Sra. Gugnale M. Alejandra  D.N.I. Nº 17.794.488;  en concepto de ayuda económica.

ART.2º) Autorizase un pago de $ 1.800.- (Pesos  Mil Ochocientos)  a la  Sra. Franco Olga D.N.I. Nº 23.356.101;  en concepto de ayuda económica.

ART.3º)  Impútese el gasto que demanda la presente a la partida correspondiente.

ART.4º)   Comuníquese y archívese.

Dado en Sala del Concejo Deliberante,  3 de marzo de 2.016.

VISTO:

La  Ley 2756, la Ordenanza Nº 2.176/14 declarando la emergencia en seguridad en Villa  Gobernador Gálvez.

La necesidad de la Presidencia de este Cuerpo de asesoramiento en temas de seguridad, y

CONSIDERANDO:

              Que en virtud de la situación de emergencia de seguridad por la que atraviesa nuestra ciudad, se hace necesario el nombramiento de una persona idónea y con experiencia en la materia ampliamente demostrada en la Administración Pública para que cumpla funciones de asesoramiento  “Ad Honorem” en este Cuerpo Deliberativo.

              Que dichas funciones son fundamentales para el dictado de la normativa pertinente, en beneficio de nuestros vecinos.

Que el Sr. Fernando Andrés Padrone, reúne las condiciones mencionadas ut supra para ocupar el mencionado cargo.

Que los Concejales que componen este Cuerpo consideran conveniente el nombramiento del Sr. Padrone para el cargo y funciones precedentemente detalladas,

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION N° 1.867/2016

    

                ART.1º) Créase el cargo de Asesor “Ad Honorem” de la Presidencia de este Concejo Deliberante, en materia de seguridad urbana y ciudadana.

          

               ART. 2º) Desígnese para ocupar el cargo mencionado en el Art. 1º de la presente al Sr. Fernando Andrés Padrone, D.N.I. Nº 18.342.205, con domicilio en calle Fornieles 712 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.

ART. 3º)  Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala del  Concejo Deliberante,  2 de marzo  de 2.016.

Miércoles, 18 Enero 2017 19:45

Resol. 1866/16 Ayudas económicas

VISTO:

Las  notas presentadas por  la Sres Villalba y Silguero Fernández y  González,  a este Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO:

Que los mismos exponen  diferentes situaciones que,  necesariamente deben contar con una ayuda económica  para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION Nº 1.866/2016

ART.1º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil)  a la  Sra. Villalba Karina Vanesa  D.N.I. Nº 37.359.618;  en concepto de ayuda económica.

ART.2º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos)  al  Sr. Silguero Fernández Ramón Esteban  D.N.I. Nº 28.097.363;  en concepto de ayuda económica.

ART.3º) Autorizase un pago de $ 400.- (Pesos Cuatrocientos) al  Sr. González Daniel  Cristian D.N.I. Nº 24.846.606;  en concepto de ayuda económica.

ART.4º)  Impútese el gasto que demanda la presente a la partida correspondiente.

ART.5º)   Comuníquese y archívese.

Dado en Sala del Concejo Deliberante,  24 de febrero de 2.016.

 

VISTO:

La  nota presentada por  el Club Atlético LT3  Sede Social Bv. San Diego 945 a este Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO:

Que  en la misma se expone que necesitan una colaboración para la compra de materiales para la construcción del edificio e instalaciones del Club LT3.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION Nº 1.865/2016

ART.1º) Autorizase un pago de $ 700.- (Pesos Setecientos)  al  Sr. Castellanos César Héctor  D.N.I. Nº 21.985.745;  en concepto de ayuda económica.

ART.2º)  Impútese el gasto que demanda la presente a la partida correspondiente.

ART.3º)   Comuníquese y archívese.

Dado en Sala del Concejo Deliberante,  19 de febrero de 2.016.

Miércoles, 18 Enero 2017 19:40

Resol. 1864/16 Ayudas económicas

VISTO:

Las  notas presentadas por  las Sras. Clarino, Fernández, la Iglesia Centro de Buenas Noticias y el Coordinador de Deportes Municipalidad Villa Gdor. Gálvez a este Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO:

Que la Iglesia  solicita una colaboración para costear el gasto que demanda contratar un transporte, que llevarán a los niños y adolescentes a la localidad Cavanagh,  Córdoba para participar de un campamento los días 16, 17 y 18 de febrero del corriente año.

Que el Coordinador de Deportes expone que el dia viernes 5 de febrero se realizará el cierre de Colonia de Verano Municipal  en el Anfiteatro Municipal, debiendo contratarse cuatro baños quimicos para la Fiesta Colono Show.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION Nº 1.864/2016

ART.1º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos)  a la Sra. Rivero Paola Lorena D.N.I. Nº 26.871.318;  en concepto de ayuda económica.

ART.2º) Autorizase un pago de $ 2.900.- (Pesos Dos Mil Novecientos)  al Sr. Bulsicco Eduardo Maria D.N.I. Nº 13.911.617;  en concepto de ayuda económica.

ART.3º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil)  a la Sra. Clarino, Silvina Natalia D.N.I. Nº 26.444.772;  en concepto de ayuda económica.

ART.4º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil)  a la Sra. Fernández Gladis Noemi D.N.I. Nº 26.015.706;  en concepto de ayuda económica.

ART.5º)  Impútese el gasto que demanda la presente a la partida correspondiente.

ART.6º)   Comuníquese y archívese.

Dado en Sala del Concejo Deliberante,  10 de febrero de 2.016.

VISTO:

La renuncia presentada a este Cuerpo en fecha 31 de Diciembre de 2015, por el Sr. Mario Daniel Kalainis, D.N.I 22.683.156 al cargo de Secretario de Relaciones Institucionales.

La Ley 2756 en su Art. 39º Inc. 2º, sobre Atribuciones y Deberes de los Concejales Municipales, que expresa:” Nombrar y remover los empleados de su inmediata dependencia”.

El Art. 175º del Reglamento Interno del Concejo Deliberante: “ El Concejo nombra por mayoría y remueve por dos tercios de votos los miembros en ejercicio, su Secretario, Pro-Secretario y demás empleados, quienes dependerán exclusivamente del Concejo e inmediatamente del Presidente”, y

CONSIDERANDO:

              Que se encuentra vacante el cargo de Secretario de Relaciones Institucionales del Concejo Deliberante.

              Que es necesario cubrir dicha vacancia mediante el nombramiento respectivo.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION N° 1.862/2016

         ART.1º) Designase a partir del 22  de Enero de 2016 como Secretario de Relaciones Institucionales del Concejo Deliberante, al Sr. Néstor León Smolerenco, D.N.I  Nº 21.689.530; quien desempeñará sus funciones con sujeción al Reglamento Interno de este Concejo Deliberante.

          

               ART. 2º) Sobre el sueldo del personal designado precedentemente se efectuarán los descuentos de          

               Ley y se fijarán los adicionales que correspondiere.

ART. 3º) Este personal cesará automáticamente en la función para la que fuera designado el día 10 de  Diciembre de 2016, de no mediar confirmación a su nombramiento por parte de este Cuerpo Deliberativo.

ART.4º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala del  Concejo Deliberante,  28 de enero  de 2.016.

Expte.  Nº 5.675/16.

VISTO:

La Constitución Nacional Arts. 41º y 42º

La Constitución de la Provincia de Santa Fe  Art. 19º sobre tutela de la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la colectividad.

La Ley Orgánica de Municipalidades  Nº 2756 Art. 39º  Incs. 14, 52 y 62

La Resolución Nº 64/292 de Asamblea General de Naciones Unidas

La Conferencia Internacional Sobre el Agua y Medio Ambiente de Dublín 1992,

La Ordenanza 2.255/14 referido a creación de Instituto de Audiencias Públicas.y

La Ordenanza Nº 2.185/14, y

CONSIDERANDO:

Que tal como cita la Ordenanza Nº 2.185/14:“Que en 2010, a través de la Resolución 64/292, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció, explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos”.

            “Que dicha  resolución exhorta a los Estados y organizaciones internacionales a proporcionar recursos financieros, a propiciar la capacitación y la transferencia de tecnología para ayudar a los países, en particular a los países en vías de desarrollo, a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible para todos”.

            “Que  en noviembre de 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptó la Observación General Nº 15 sobre el derecho al agua donde establece que "El derecho humano al agua es indispensable para una vida humana digna" y  define el derecho al agua como el derecho de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico”.

            “Que la Constitución de la Provincia de Santa Fe en su ART. 19º establece que  ¨ La Provincia tutela la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la colectividad. Con tal fin establece los derechos y deberes de la comunidad y del individuo en materia sanitaria y crea la organización técnica adecuada para la promoción, protección y reparación de la salud, en colaboración con la Nación, otras provincias y asociaciones privadas nacionales e internacionales.”

            “Que según el Art.41º  de la Constitución Nacional establece que  Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales”.

            “Que el acceso al derecho humano al agua indispensable para una vida digna; está siendo vulnerado desde hace tiempo en amplios sectores de nuestra ciudad, sobre todo en los barrios de la periferia que padecen la problemática durante todo el año siendo agravada mayormente en los días de alta temperatura donde directamente no les llega el suministro en ninguna hora del día y durante muchos días continuados”.

            “Que la Declaración de Dublín sobre el agua y el desarrollo sostenible, que  se dio como conclusión de la Conferencia Internacional sobre el Agua y el Medio Ambiente (CIAMA), mantenida en la ciudad de Dublín entre el 20 y el 31 de enero de 1992  estableció como principio 2ª  que: ¨El aprovechamiento y la gestión del agua debe inspirarse en un planteamiento basado en la participación de los usuarios, los planificadores y los responsables de las decisiones a todos los niveles”.

Que es necesario un ámbito de debate y discusión seria y responsable donde confluyan todos los actores involucrados en esta gravísima problemática,  y se logre el compromiso  de articular las soluciones y sobre todo las INVERSIONES  del prestador y del Estado Provincial y del Estado Nacional  para lo cual el Instituto de la Audiencia Publica constituye el ámbito ideal para el  desarrollo del debate.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION Nº 1861/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante convoca con URGENCIA a una AUDIENCIA PÚBLICA con el fin de abordar la gravísima situación que produce la falta de presión de agua en vastos sectores y barrios de Villa Gobernador Gálvez.

ART. 2°) El Concejo Deliberante cursará invitaciones formales a:

 .- El Gobernador de la Provincia de Santa Fe.

.- Ministerio de Agua Servicios Públicos  y Medio Ambiente. 

.- Directorio de Aguas Santafesinas SA

.- Intendente Municipal

.- Vecinales y vecinos en general

.- Legisladores Nacionales por Santa fe y Legisladores Provinciales.

.- Director del ENRESS: Aq. Oscar Urruty

.- Secretario de Obras Públicas del Ministerio del Interior de la Nación, Arq. Daniel Chain.

.- Subsecretario de Recursos Hídricos de la Nación, Ing. Edgardo A. Bortolozzi.

ART. 3°) La audiencia deberá referirse específicamente a:

.- Diagnóstico del estado de situación de la  prestación del servicio de agua potable en los distintos sectores geográficos de la ciudad.

.- Consecuencias sanitarias de la falta de agua en la población y /o el consumo de agua obtenidas por medio de perforaciones y el uso de bombas.

.- Medidas paleativas y provisorias abordadas para enfrentar la situación por parte de Aguas Santafesinas SA.

.- Proyectos de infraestructuras a corto mediano y largo plazo del Ministerio de Agua Servicios Públicos y Medio Ambiente.

.- Posibilidad o imposibilidad real material costos y plazos y posible financiamiento de la construcción de la Planta Potabilizadora de Agua Villa Gobernador Gálvez, por parte del Gobierno de la Provincia y/o sus representantes.

.- Proyectos de infraestructura a corto y mediano plazo en la zona metropolitana del Gran Rosario y Villa Gobernador Gálvez por parte de los organismos nacionales: Secretaría de Obras Públicas del Ministerio del Interior de la Nación, Subsecretaría de Recursos Hídricos dela Nación, y Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.

ART. 4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   28 de enero  de 2016