Proyecto presentado por el Bloque Partido Vecinal Independiente
Este es un proyecto presentado por el bloque Partido Vecinal Independiente.
BLOQUE PARTIDO VECINAL INDEPENDIENTE
Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
REGULARIZACION TRIBUTARIA, CATASTRAL Y DOMINIAL INMUEBLE UBICADO EN PASTEUR Y VIAS DEL FERROCARRIL
Proyecto de Decreto, Regularización tributaria, catastral y dominial del inmueble ubicado en calle Pasteur y vías del Ferrocarril Exp. 5143/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
Decreto Municipal 584/2014,
Ordenanza Municipal Nº 2178/2014,
La necesidad de poner en marcha un riguroso Plan de Normalización Dominial y Tributario, actualización Catastral y Regularización de Obras a los ocupantes del local comercial ubicado sobre Calle Pasteur y las vías del Ferrocarril Argentino, altura 2000 aproximadamente y correspondiente a manzana nº8, sección 7º dentro del territorio municipal, dicha porción de tierra fue transferida ad- honorem por la Empresa Ferrocarriles Argentinos al Municipio de Villa Gobernador Gálvez, según el acta firmada el 29 de Agosto del año 1994 por el Intendente Municipal y la mencionada Empresa.-
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Municipal Nº584/2014 implementa un Plan de Normalización Dominial y Tributario, Actualización Catastral y Regularización de Obras para todos los comercios enmarcados sobre el ejido municipal.-
Que dicho espacio de tierra se encuadra dentro de los 31.154,50 m2 de superficie que fueron donados ad- honoren por parte de la Empresa Ferrocarriles Argentinos al Municipio de Villa Gobernador Gálvez el 29 de Agosto de 1994, en donde este último se comprometió a darle un destino de recuperación urbana, reforestación ,a cargo de personal especializado, y parque.-
Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización de comercios ubicados en el ejido urbano, que intensifiquen la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a cambio de servicios.-
Que resulta fundamental darle un marco legal claro y comunicado a todas las partes interesadas. De esta manera, estaremos en condiciones de realizar seguimiento de las actividades de estos particulares e ir acompañando su desarrollo.-
Que los ocupantes del inmueble usufructuado como “vivero” desarrollan su actividad en tierras que pertenecen al estado municipal sin la adecuada habilitación e inspección por parte del municipio.-
Que el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA),reconoce como vivero a todo establecimiento dedicado al cultivo de plantas que ocupa un espacio geográfico con límites claramente definidos, señalizado en su entrada con un cartel legible, subdividido en lotes de producción de plantas, con fácil acceso para su inspección, vigilancia fitosanitaria y ejecución de tratamientos fitosanitarios.-
Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque Partido Vecinal Independiente, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;
Artículo 1º:El Concejo Deliberante de la ciudad se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la implementación de un plan de regularización tributaría, catastral y dominial a los ocupantes del inmueble de referencia en el término de 90 días a partir de la sanción de este Decreto.-
Artículo 2º: Infórmese a este Cuerpo Deliberativo los avances que se vayan produciendo en tal sentido.-
Proyecto presentado por Todos los Bloques
Este es un proyecto presentado por todos los bloques políticos del Concejo Deliberante.
TODOS LOS BLOQUES
MODIFICACION ART. 142 CODIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL
Proyecto de Ordenanza, modificación Código Tributario Municipal Art. 142. Exp. 5142/14.
Visto
La ordenanza 1415/99 Código Tributario Municipal; la ordenanza Tributaria 1608/04; la ordenanza 894/93, La solicitud de eximición y condonación de deuda de Tasas por Servicios Técnico de Revisión de Planos e Inspección de Obras realizada por Personal Directivo de las Escuelas de Enseñanza Oficial Particular Incorporadas N° 1054 y 8060 “Teodelina Fernández de Alvear”- Hermanos Menesianos, la ley 2756 y
Considerando
Que las instituciones educativas públicas de gestión privada cumplen un rol fundamental dentro del sistema educativo argentino y en nuestra sociedad.
Que contribuyen en condiciones adecuadas de infraestructura y equipamiento a la formación de sus alumnos, siendo esto parte del derecho a la educación de los mismos.
Que dichos establecimientos debido a la elevada demanda de los alumnos que buscan continuar sus estudios, han multiplicado sus salas, ya sea en obras nuevas o en ampliaciones de sus instalaciones.
Que la situación económica de dichos establecimientos no permite afrontar el pago de tasas por servicios de edificación en el ámbito municipal, imposibilitando la regularización de sus obras, ya que no persiguen fines de lucro, siendo sus objetivos netamente social.
Que este cuerpo deliberativo considera conveniente la eximición en el pago de dicho tributo, ya que los establecimientos educativos públicos de gestión privada se verían beneficiados para poder cumplimentar el mejoramiento y ampliación de su infraestructura edilicia.
Que asimismo y atento a la necesidad de poder regularizar las obras realizadas en el colegio Teodelina Fernández de Alvear y la imposibilidad económica de afrontar la deuda contraída por tasas por servicios de edificación, resulta necesario dictar la normativa pertinente que permita la condonación de dicha deuda en virtud a lo expuesto.
Que dada la necesidad de un trabajo conjunto entre Municipio y Escuelas, para afrontar un desarrollo integral de los niños y jóvenes de la Comunidad, entendiendo que con el esfuerzo mancomunado de las áreas de Educación y Cultura de la Municipalidad, Provincia, Nación y Escuelas, se puedan lograr acuerdos tendientes a dar respuesta a las distintas problemáticas que puedan irse detectando. Estos acuerdos deberán ser emanados de Autoridad Competente y focalizados en eventos y/o acciones ligadas exclusivamente al enriquecimiento educativo-cultural, y despojados absolutamente de matices políticos, tanto explícitos como implícitos, y no deberán contraponerse al Ideario Educativo de cada Centro involucrado.
Que dada la necesidad de un trabajo conjunto entre Municipio y Escuelas, para afrontar un desarrollo integral de los niños y jóvenes de la Comunidad, entendiendo que con el esfuerzo mancomunado de las áreas de Educación y Cultura de la Municipalidad, Provincia, Nación y Escuelas, se puedan lograr acuerdos tendientes a dar respuesta a las distintas problemáticas que puedan irse detectando. Estos acuerdos deberán ser emanados de Autoridad Competente: Poder Ejecutivo, Poder legislativo, Ministerios; la Iglesia Católica, Junta Arquidiocesana de Educación Católica y las propias Escuelas, y focalizados en eventos y/o acciones ligadas exclusivamente al enriquecimiento educativo-cultural, y despojados absolutamente de matices políticos, tanto explícitos como implícitos, y no deberán contraponerse al Ideario Educativo de cada Centro involucrado.
Convencidos que la unión de Entidades Públicas en pos del beneficio comunitario, es el camino a seguir, promovemos desde nuestro lugar, la celebración de estos acuerdos en la medida que las necesidades de las partes así lo requieran, garantizando a las mismas para dicho proceso, las libertades que como Entidades Autárquicas ostentan.
Por todo ello los concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento el siguiente proyecto de:
Ordenanza
Art. 1 ) Agregase como inciso F) del Art. 142 Capítulo XII Tasa por Servicio Técnico de Revisión de Planos e Inspección de Obras, Ordenanza 1415/99 Código Tributario Municipal, la exención del pago de la presente tasa a las instituciones educativas públicas de gestión privada, quedando redactado de la siguiente manera:
Exenciones Art. 142) Están exentas del pago de la presente tasa:
H) Las construcciones de las instituciones educativas públicas de gestión privada.
Art. 2) Condonase la deuda contraída por las Escuelas de Enseñanza Oficial Particular Incorporadas N° 1054 y 8060 “Teodelina Fernández de Alvear”- Hermanos Menesianos,
en concepto de Tasa por Servicio Técnico de Revisión de Planos e Inspección de Obras y/o Tasas por Servicios de Edificación.
Art. 3) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir el libre deuda correspondiente, en consideración a lo dispuesto en el Art. 2 de la presente.
Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social.
BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
SITUACION DE LOS TERRENOS UBICADOS EN LA OCHAVA SUDESTE DE CALLES MONTE FLORES Y SUIPACHA
Proyecto de Decreto, se eleve un informe sobre la situación catastral de los terrenos ubicados en la ochava sudeste de la intersección de las calles Monte Flores y Suipacha. Exp. 5141/14.
VISTO:
La Ley 2.756, y
CONSIDERANDO:
Que vecinos y vecinas del barrio han manifestado su interés por conocer a quién corresponde la propiedad de los terrenos ubicados en la ochava sudeste de la intersección de las calles Monte Flores y Suipacha.
Que la vecinal “Alto Verde”, del barrio donde se encuentra ubicado dicho terreno, ha venido realizando un importante trabajo de recuperación de espacios públicos para dejarlos a disposición del barrio. Tal es el caso de la recuperación de la “Plaza del Chamamé” inaugurada en el mes de Marzo y el desmalezamiento de distintos terrenos.
Que, en caso de corresponder, sería de suma importancia que dichos terrenos pudieran ser destinados al uso de la comunidad, ya sea como espacio de esparcimiento u otro destino que aportase al desarrollo social de las personas.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:
D E C R E TO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita que se eleve un informe, en el plazo de 10 días hábiles, sobre la situación catastral de los terrenos ubicados en la ochava sudeste de la intersección de las calles Monte Flores y Suipacha.
SE ELEVE UN INFORME SOBRE LAS OBRAS CLOACALES INCONCLUSAS EN EL BARRIO VILLA DIEGO CENTRO E INTIME A LA EMPRESA Y ENTE CONTROLADOR PARA QUE REANUDE LAS OBRAS
Autores del proyecto: Concejales Martínez, María C. Murabito, Cabrol, Larrosa y J. Murabito.
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo eleve un informe sobre las obras de cloacas inconclusas en el Barrio Villa Diego Centro y se intime a la empresa y Ente controlador para que reanude las obras. Exp. 5139/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 arts. 17º; 39º incs. 14 y 62; 41º incs. 7 y 24;
Nota presentada ante el Concejo Deliberante;
Considerando
Que la obra de red de conectores cloacales y conexiones domiciliarias (Etapa 1) del Programa Nacional Mejor calidad de vida, más salud que comprende la zona Villa Diego Centro, se encuentra detenida desde hace varios meses.
Que el plazo de ejecución establecido era de 120 días contados a partir del mes de octubre de 2013 y que, a más de 200 días, la misma no se ha concluido.
Que aún quedan sin ejecutar aproximadamente 800 (ochocientos) metros en las calles Belgrano entre Av. San Martín y Laprida, Rioja entre Eva Perón y Emilio Zola; y Av. San Martín desde Av. Juan D. Perón hasta la rotonda Néstor Kirchner – Alem y Emilio Zola-.
Que en el mes de marzo del año 2013 este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 456 solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante Aguas Santafesinas la realización de las obras necesarias para que los vecinos de Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego puedan acceder al tendido de los desagües cloacales ya emplazados sobre la misma.
Que en ese decreto establecía que es deber del Municipio asegurar la optimización de los recursos de la ciudad, tendiendo siempre a elevar la salud y, en general, la calidad de vida de nuestros vecinos.
Que por los motivos expuestos en el decreto mencionado, también los vecinos de Villa Diego Centro tienen el derecho de contar con las obras cloacales.
Que ante la inquietud de los vecinos, este Concejo cumple en solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida. Como adicional al mismo, se requiere que se gestione ante la empresa contratada y el ente controlador la inmediata reanudación de las obras.
Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, eleve a este Cuerpo, en un plazo no mayor a los 10 (diez) días hábiles a partir de la aprobación del presente decreto, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, intime a la empresa contratada y el ente controlador para que proceda a la reanudación de las obras dentro de los 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la aprobación del presente decreto.
SE ELEVE UN INFORME SOBRE LAS OBRAS CLOACALES INCONCLUSAS EN EL BARRIO VILLA DIEGO CENTRO E INTIME A LA EMPRESA Y ENTE CONTROLADOR PARA QUE REANUDE LAS OBRAS
Autores del proyecto: Concejales Martínez, María C. Murabito, Cabrol, Larrosa y J. Murabito.
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo eleve un informe sobre las obras de cloacas inconclusas en el Barrio Villa Diego Centro y se intime a la empresa y Ente controlador para que reanude las obras. Exp. 5139/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 arts. 17º; 39º incs. 14 y 62; 41º incs. 7 y 24;
Nota presentada ante el Concejo Deliberante;
Considerando
Que la obra de red de conectores cloacales y conexiones domiciliarias (Etapa 1) del Programa Nacional Mejor calidad de vida, más salud que comprende la zona Villa Diego Centro, se encuentra detenida desde hace varios meses.
Que el plazo de ejecución establecido era de 120 días contados a partir del mes de octubre de 2013 y que, a más de 200 días, la misma no se ha concluido.
Que aún quedan sin ejecutar aproximadamente 800 (ochocientos) metros en las calles Belgrano entre Av. San Martín y Laprida, Rioja entre Eva Perón y Emilio Zola; y Av. San Martín desde Av. Juan D. Perón hasta la rotonda Néstor Kirchner – Alem y Emilio Zola-.
Que en el mes de marzo del año 2013 este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 456 solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante Aguas Santafesinas la realización de las obras necesarias para que los vecinos de Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego puedan acceder al tendido de los desagües cloacales ya emplazados sobre la misma.
Que en ese decreto establecía que es deber del Municipio asegurar la optimización de los recursos de la ciudad, tendiendo siempre a elevar la salud y, en general, la calidad de vida de nuestros vecinos.
Que por los motivos expuestos en el decreto mencionado, también los vecinos de Villa Diego Centro tienen el derecho de contar con las obras cloacales.
Que ante la inquietud de los vecinos, este Concejo cumple en solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida. Como adicional al mismo, se requiere que se gestione ante la empresa contratada y el ente controlador la inmediata reanudación de las obras.
Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, eleve a este Cuerpo, en un plazo no mayor a los 10 (diez) días hábiles a partir de la aprobación del presente decreto, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, intime a la empresa contratada y el ente controlador para que proceda a la reanudación de las obras dentro de los 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la aprobación del presente decreto.
SE ELEVE UN INFORME SOBRE LAS OBRAS CLOACALES INCONCLUSAS EN EL BARRIO VILLA DIEGO CENTRO E INTIME A LA EMPRESA Y ENTE CONTROLADOR PARA QUE REANUDE LAS OBRAS
Autores del proyecto: Concejales Martínez, María C. Murabito, Cabrol, Larrosa y J. Murabito.
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo eleve un informe sobre las obras de cloacas inconclusas en el Barrio Villa Diego Centro y se intime a la empresa y Ente controlador para que reanude las obras. Exp. 5139/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 arts. 17º; 39º incs. 14 y 62; 41º incs. 7 y 24;
Nota presentada ante el Concejo Deliberante;
Considerando
Que la obra de red de conectores cloacales y conexiones domiciliarias (Etapa 1) del Programa Nacional Mejor calidad de vida, más salud que comprende la zona Villa Diego Centro, se encuentra detenida desde hace varios meses.
Que el plazo de ejecución establecido era de 120 días contados a partir del mes de octubre de 2013 y que, a más de 200 días, la misma no se ha concluido.
Que aún quedan sin ejecutar aproximadamente 800 (ochocientos) metros en las calles Belgrano entre Av. San Martín y Laprida, Rioja entre Eva Perón y Emilio Zola; y Av. San Martín desde Av. Juan D. Perón hasta la rotonda Néstor Kirchner – Alem y Emilio Zola-.
Que en el mes de marzo del año 2013 este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 456 solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante Aguas Santafesinas la realización de las obras necesarias para que los vecinos de Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego puedan acceder al tendido de los desagües cloacales ya emplazados sobre la misma.
Que en ese decreto establecía que es deber del Municipio asegurar la optimización de los recursos de la ciudad, tendiendo siempre a elevar la salud y, en general, la calidad de vida de nuestros vecinos.
Que por los motivos expuestos en el decreto mencionado, también los vecinos de Villa Diego Centro tienen el derecho de contar con las obras cloacales.
Que ante la inquietud de los vecinos, este Concejo cumple en solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida. Como adicional al mismo, se requiere que se gestione ante la empresa contratada y el ente controlador la inmediata reanudación de las obras.
Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, eleve a este Cuerpo, en un plazo no mayor a los 10 (diez) días hábiles a partir de la aprobación del presente decreto, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, intime a la empresa contratada y el ente controlador para que proceda a la reanudación de las obras dentro de los 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la aprobación del presente decreto.
DECLARA DE INTERÉS CULTURAL MUNICIPAL AL EVENTO ORGANIZADO POR LA PROFESORA LILIANA ANDREA GONZÁLEZ Y EL GRUPO ANCESTRAL EN HOMENAJE AL GRUPO SCOUT COSME MACIEL QUE SE REALIZARÁ EL DÍA 10 DE MAYO DE 2014
Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito, María C. Murabito y Martínez
Proyecto de Declaración, Declara de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel. Exp 5138/14.
Visto
Ley Nro. 2.756 artículo 39;
Ordenanza Nro. 1.947/10 Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones;
Expediente Nro. 5.135/14 y;
Considerando
Que el 10 de mayo del corriente año se realizará una Peña Folclórica en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Que dicha peña está organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en reconocimiento de la labor llevada a cabo por el grupo citado en el párrafo anterior.
Que este grupo fue creado el 13 de marzo de 2004 con la finalidad de brindar, mediante la acción educativa y su capacidad de aprender haciendo, igualdad de oportunidades, con una propuesta inclusiva, dinámica, participativa y atractiva para niños, niñas y jóvenes de nuestra ciudad.
Que el Grupo Scout Cosme Maciel cumplió 10 años de trabajo solidario en nuestra ciudad y en localidades vecinas.
Que este Grupo realiza una labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales como se expresan en la Promesa y la Ley Scout.
Que es de suma importancia que esta ciudad cuente con instituciones que fomenten el desarrollo de personas seguras de sí mismas, solidarias, responsables y comprometidas con su entorno.
Que es imprescindible el reconocimiento de estas instituciones como formadoras de personas de bien y por ello, este Concejo participa de este reconocimiento y cumple en Declarar de Interés Cultural Municipal al evento programado para el día 10 de mayo del corriente año.
Que, a su vez, este Cuerpo considera que no sólo debe declararse de Interés Cultural al evento sino también al Grupo Scout Cosme Maciel por trabajar responsablemente en la promoción para el desarrollo de la comunidad, provocando la transformación social a través del crecimiento personal de proyectos y espacios compartidos como producto del cumplimiento de la Misión.
Que este grupo en particular contribuye a la educación de jóvenes y con ello, ayuda a construir un mundo mejor donde las personas se desarrollan plenamente, teniendo un rol constructivo en la sociedad y constituyéndose en agentes multiplicadores de paz en defensa de los Derechos Humanos, el cuidado de las relaciones interpersonales y el respeto por el Medio Ambiente.
Ante todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
Artículo 1.- Declárese de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, a realizarse el día 10 de mayo del corriente año, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante declara al Grupo Scout Cosme Maciel como Institución Destacada de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, por su distinguida labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales en nuestra comunidad.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante invita al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar al Grupo Scout Cosme Maciel una placa alusiva a la presente declaración.
DECLARA DE INTERÉS CULTURAL MUNICIPAL AL EVENTO ORGANIZADO POR LA PROFESORA LILIANA ANDREA GONZÁLEZ Y EL GRUPO ANCESTRAL EN HOMENAJE AL GRUPO SCOUT COSME MACIEL QUE SE REALIZARÁ EL DÍA 10 DE MAYO DE 2014
Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito, María C. Murabito y Martínez
Proyecto de Declaración, Declara de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel. Exp 5138/14.
Visto
Ley Nro. 2.756 artículo 39;
Ordenanza Nro. 1.947/10 Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones;
Expediente Nro. 5.135/14 y;
Considerando
Que el 10 de mayo del corriente año se realizará una Peña Folclórica en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Que dicha peña está organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en reconocimiento de la labor llevada a cabo por el grupo citado en el párrafo anterior.
Que este grupo fue creado el 13 de marzo de 2004 con la finalidad de brindar, mediante la acción educativa y su capacidad de aprender haciendo, igualdad de oportunidades, con una propuesta inclusiva, dinámica, participativa y atractiva para niños, niñas y jóvenes de nuestra ciudad.
Que el Grupo Scout Cosme Maciel cumplió 10 años de trabajo solidario en nuestra ciudad y en localidades vecinas.
Que este Grupo realiza una labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales como se expresan en la Promesa y la Ley Scout.
Que es de suma importancia que esta ciudad cuente con instituciones que fomenten el desarrollo de personas seguras de sí mismas, solidarias, responsables y comprometidas con su entorno.
Que es imprescindible el reconocimiento de estas instituciones como formadoras de personas de bien y por ello, este Concejo participa de este reconocimiento y cumple en Declarar de Interés Cultural Municipal al evento programado para el día 10 de mayo del corriente año.
Que, a su vez, este Cuerpo considera que no sólo debe declararse de Interés Cultural al evento sino también al Grupo Scout Cosme Maciel por trabajar responsablemente en la promoción para el desarrollo de la comunidad, provocando la transformación social a través del crecimiento personal de proyectos y espacios compartidos como producto del cumplimiento de la Misión.
Que este grupo en particular contribuye a la educación de jóvenes y con ello, ayuda a construir un mundo mejor donde las personas se desarrollan plenamente, teniendo un rol constructivo en la sociedad y constituyéndose en agentes multiplicadores de paz en defensa de los Derechos Humanos, el cuidado de las relaciones interpersonales y el respeto por el Medio Ambiente.
Ante todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
Artículo 1.- Declárese de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, a realizarse el día 10 de mayo del corriente año, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante declara al Grupo Scout Cosme Maciel como Institución Destacada de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, por su distinguida labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales en nuestra comunidad.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante invita al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar al Grupo Scout Cosme Maciel una placa alusiva a la presente declaración.
DECLARA DE INTERÉS CULTURAL MUNICIPAL AL EVENTO ORGANIZADO POR LA PROFESORA LILIANA ANDREA GONZÁLEZ Y EL GRUPO ANCESTRAL EN HOMENAJE AL GRUPO SCOUT COSME MACIEL QUE SE REALIZARÁ EL DÍA 10 DE MAYO DE 2014
Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito, María C. Murabito y Martínez
Proyecto de Declaración, Declara de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel. Exp 5138/14.
Visto
Ley Nro. 2.756 artículo 39;
Ordenanza Nro. 1.947/10 Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones;
Expediente Nro. 5.135/14 y;
Considerando
Que el 10 de mayo del corriente año se realizará una Peña Folclórica en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Que dicha peña está organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en reconocimiento de la labor llevada a cabo por el grupo citado en el párrafo anterior.
Que este grupo fue creado el 13 de marzo de 2004 con la finalidad de brindar, mediante la acción educativa y su capacidad de aprender haciendo, igualdad de oportunidades, con una propuesta inclusiva, dinámica, participativa y atractiva para niños, niñas y jóvenes de nuestra ciudad.
Que el Grupo Scout Cosme Maciel cumplió 10 años de trabajo solidario en nuestra ciudad y en localidades vecinas.
Que este Grupo realiza una labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales como se expresan en la Promesa y la Ley Scout.
Que es de suma importancia que esta ciudad cuente con instituciones que fomenten el desarrollo de personas seguras de sí mismas, solidarias, responsables y comprometidas con su entorno.
Que es imprescindible el reconocimiento de estas instituciones como formadoras de personas de bien y por ello, este Concejo participa de este reconocimiento y cumple en Declarar de Interés Cultural Municipal al evento programado para el día 10 de mayo del corriente año.
Que, a su vez, este Cuerpo considera que no sólo debe declararse de Interés Cultural al evento sino también al Grupo Scout Cosme Maciel por trabajar responsablemente en la promoción para el desarrollo de la comunidad, provocando la transformación social a través del crecimiento personal de proyectos y espacios compartidos como producto del cumplimiento de la Misión.
Que este grupo en particular contribuye a la educación de jóvenes y con ello, ayuda a construir un mundo mejor donde las personas se desarrollan plenamente, teniendo un rol constructivo en la sociedad y constituyéndose en agentes multiplicadores de paz en defensa de los Derechos Humanos, el cuidado de las relaciones interpersonales y el respeto por el Medio Ambiente.
Ante todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
Artículo 1.- Declárese de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, a realizarse el día 10 de mayo del corriente año, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante declara al Grupo Scout Cosme Maciel como Institución Destacada de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, por su distinguida labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales en nuestra comunidad.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante invita al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar al Grupo Scout Cosme Maciel una placa alusiva a la presente declaración.
Proyecto presentado por los Bloque UCR FPCyS, 100% Santafesino Frente Renovador y Part. Vecinal Independiente
Este es un proyecto presentado por los bloques UCR Frente Progresista Cívico y Social; 100% Santafesino Frente Renovador y Partido Vecinal Independiente.
BLOQUES UCR FRENTE PROGRESISTA CIVICO Y SOCIAL; 100% SANTAFESINO FRENTE RENOVADOR y PARTIDO VECINAL INDEPENDIENTE
Autores del proyecto: Concejales Martínez, María C. Murabito, Cabrol, Larrosa y J. Murabito.
SE ELEVE UN INFORME SOBRE LAS OBRAS CLOACALES INCONCLUSAS EN EL BARRIO VILLA DIEGO CENTRO E INTIME A LA EMPRESA Y ENTE CONTROLADOR PARA QUE REANUDE LAS OBRAS
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo eleve un informe sobre las obras de cloacas inconclusas en el Barrio Villa Diego Centro y se intime a la empresa y Ente controlador para que reanude las obras. Exp. 5139/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 arts. 17º; 39º incs. 14 y 62; 41º incs. 7 y 24;
Nota presentada ante el Concejo Deliberante;
Considerando
Que la obra de red de conectores cloacales y conexiones domiciliarias (Etapa 1) del Programa Nacional Mejor calidad de vida, más salud que comprende la zona Villa Diego Centro, se encuentra detenida desde hace varios meses.
Que el plazo de ejecución establecido era de 120 días contados a partir del mes de octubre de 2013 y que, a más de 200 días, la misma no se ha concluido.
Que aún quedan sin ejecutar aproximadamente 800 (ochocientos) metros en las calles Belgrano entre Av. San Martín y Laprida, Rioja entre Eva Perón y Emilio Zola; y Av. San Martín desde Av. Juan D. Perón hasta la rotonda Néstor Kirchner – Alem y Emilio Zola-.
Que en el mes de marzo del año 2013 este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 456 solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante Aguas Santafesinas la realización de las obras necesarias para que los vecinos de Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego puedan acceder al tendido de los desagües cloacales ya emplazados sobre la misma.
Que en ese decreto establecía que es deber del Municipio asegurar la optimización de los recursos de la ciudad, tendiendo siempre a elevar la salud y, en general, la calidad de vida de nuestros vecinos.
Que por los motivos expuestos en el decreto mencionado, también los vecinos de Villa Diego Centro tienen el derecho de contar con las obras cloacales.
Que ante la inquietud de los vecinos, este Concejo cumple en solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida. Como adicional al mismo, se requiere que se gestione ante la empresa contratada y el ente controlador la inmediata reanudación de las obras.
Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, eleve a este Cuerpo, en un plazo no mayor a los 10 (diez) días hábiles a partir de la aprobación del presente decreto, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, intime a la empresa contratada y el ente controlador para que proceda a la reanudación de las obras dentro de los 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la aprobación del presente decreto.