Ord. 0516/89 La Inst. Sist. Teledifusión por cable Deb. Solicit. por del Interesado
VISTO Y CONSIDERANDO:
ORDENANZA Nº 516/89
ART.1º) La instalación de todo sistema de teledifusión por cable en el éjido urbano de Villa Gobernador Gálvez deberá ser solicitado mediante nota escrita del interesado o representante legal. En todos los casos se deberá acreditar la personería invocada.
ART.2º) La solicitud deberá contener las explicaciones del sistema, sus alcances y funciones, plano que revele el tendido inicial de los cables, lugar de colocación del mástil de sostén de antena, elementos de soporte de la red de transmisión de imágenes, todo e carácter provisorio, y sujeto a las modificaciones o variaciones técnicas o de otra índole que
ART.3º) La solicitud será acompañada por los avales que
ART.4º) Si la propuesta resultara satisfactoria a criterio del Ente Municipal podrá iniciarse el trámite de habilitación municipal, a los efectos de la instalación y funcionamiento del sistema.
ART.5º)
ART.6º) será responsabilidad exclusiva de la empresa proponente el mantenimiento en buen estado de la totalidad de las instalaciones externas, debiendo contratar un seguro endosable a favor de
Asímismo
ART.7º) Las instalaciones, su funcionamiento y el servicio en general, quedan sujetos a las disposiciones reglamentarias en vigencia en la materia, ya sea de competencia federal o provincial, o que pudieren encararse.
Las empresas peticionantes podrán ser autorizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, en forma precaria y por un término de hasta 90 días corridos, prorrogables por otro de igual duración, confiriéndose la autorización definitiva una vez acreditado el cumplimiento de los recaudos establecidos en el orden federal.
ART.8º) La empresas prestatarias del servicio se ajustarán a las normas municipales vigentes de carácter general en materia tributaria, y de carácter específico a crearse. A tal efecto constituirán domicilio especial en Villa Gobernador Gálvez.
ART.9º) Las empresas prestatarias se someten a la fiscalización municipal, tanto del sistema y sin perjuicio de poder de policía federal, como de la ocupación de la vía pública.
ART.10º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 05 de mayo de 1.989.
Presidente: Juan Mintzias
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0517/89 Declar. De Interés Munic. Al Evento Dep. Loc. Denomin. "Menem Presidente"
VISTO:
ORDENANZA Nº 517/89
ART.1º) Declárese el evento deportivo local, que se denominará Campeonato "MENEM PRESIDENTE", de interés municipal.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de mayo de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0518/89 Facul. Al Depto. Ejecut. A Autorizar A Coop. Int.l Ltda. A Apl. P/ Facturado.. .
VISTO:
ORDENANZA Nº 518/89
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a autorizar a
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de mayo de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0519/89 Modificación Del Presupuesto General De Gastos 1988, Reconducido Para 1989
VISTO:
La plena vigencia del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 1.988, reconducido para 1.989 y sus modificaciones según Ordenanzas 494/89 , 507/89 y 508/89 , y
CONSIDERANDO:
Que distintas partidas de erogaciones se encuentran con escasos créditos para hacer frente a gastos imprescindibles para continuar con el normal desenvolvimiento administrativo y la prestación de servicios a la comunidad.
Que dado los mayores ingresos producidos tanto en el fondo Municipal Especial para Obras Públicas, como en el Fondo de Equipamiento, Mantenimiento y Provisión de Insumos para el Area Salud, por aplicación de los fondos transitoriamente disponibles a inversiones productivas de renta, es necesario proceder a modificar en igual medida las partidas del Presupuesto de Gastos a las que son aplicados los fondos en cuestión.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 519/89
ART.1º) Modifíquese el Presupuesto General de Gastos 1.988, reconducido para 1.989, vigente a la fecha, de la siguiente manera:
PARTIDAS QUE SE AUMENTAN
EROGACIONES CON RENTAS GENERALES
0.1.1/01.00.00.00 PERSONAL 12.000.000
0.1.1/02.00.00.00 BS. Y SERV. NO PERS. 2.000.000
0.1.1/06.00.00.00 CONCEJO DTE. 600.000 14.600.000
EROGACIONES CON RENTAS ESPECIALES
2.1.1/02.00.00.00 BS. Y SERV. NO PERS. 150.000
2.1.2/07.00.00.00 TRABAJOS PCOS. 450.000 600.000
TOTAL PARTIDAS QUE SE AUMENTAN 15.200.000
ART.2º) Modifíquese el Cálculo de recursos 1.988 reconducido para 1.989, de la siguiente manera:
PARTIDAS QUE SE AUMENTAN
RENTAS GENERALES
RECURSOS CORRIENTES
0.1.1/00.00.00.00 DE JURISDICCION MUNICIPAL
0.1.1/01.00.00.00 TRIBU. DEL EJERC. 400.000
0.1.1/02.00.00.00 NO TRIB. DEL EJERC. 50.000
0.1.1/03.00.00.00 TRIB. EJERC.
ANTERIORES 680.000 1.130.000
RENTAS ESPECIALES
RECURSOS CORRIENTES
2.1.1/00.00.00.00 DE JURISDICCION MUNICIPAL
2.1.1/02.00.00.00 NO TRIB. DEL EJERC. 600.000 600.000
1.730.000
ART.3º) Como consecuencia de lo establecido en el Art. 1º, el Presupuesto de Gastos 1.988, reconducido para 1.989, quedará establecido en A 65.544.097,25 (Australes: Sesenta y Cinco Millones Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Novena y siete con 25/100), según el detalle siguiente:
R.G. R.E. TOTAL
EROGAC. CTES 62.113.810 370.000 62.483.810
OPERACION 57.696.940 370.000
-Personal 36.806.000 -- 35.806.000
-Bienes y serv.
no personales 20.890.940 370.000 21.260.940
IS. DE
TRANSFERENCIAS 834.870 -- 834.870
A CLASIFICAR 100.000 -- 100.000
CJO. DTE. 2.482.000 -- 2.482.000
EROG. DE CAPITAL 2.012.000 1.048.287,25 3.060.287,25
INVERSION REAL 1.812.000 1.048.287,25 2.860.287,25
- Bs. de Capital 1.088.000 150.000 1.238.000
- Trab. Prácticos 724.000 898.287,25 1.622.287,25
BIENES PREEXIST. 200.000 -- 200.000
TOTALES 64.125.810 1.418.287,25 65.544.097,25
ART.4º) Como consecuencia de lo establecido en el Art. 2º,el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el Art. 3º quedará establecido en A 27.928.417,97 (Australes Veintisiete Millones Novecientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Diecisiete con 97/100), según el siguiente detalle:
R.G. R.E. TOTAL
RECURSOS CTES. 26.793.125 1.135.292,97 27.928.417,97
JURISD. PROPIA 15.590.125 1.135.292,97 16.725.417,97
TRIB. DEL EJERC. 11.815.545 420.000 12.235.545
- Tasas y Derechos 11.734.465 420.000 12.154.465
-Contribución de mej. 81.080 -- 81.080
NO TRIBUT. EJERC 1.774.380 715.292,97 2.489.672,97
TRIB. EJERC.ANT. 1.946.100 -- 1.946.100.
NO TRIB. EJERC. ANT. 54.100 -- 54.100
DE OTRAS JURISD. 11.203.000 -- 11.203.000
COPARTIC. EJERC. 10.510.000 -- 10.510.000
COPAR. EJERC. ANT. 693.000 -- 693.000
RECURSOS DE CAPITAL -- -- --
REEMBOLSO DE PRESTAMOS -- -- --
VENTA ACTIVO FIJO -- -- --
OTROS REC. DE CAPITAL -- -- --
TOTALES 26.793.125 1.135.292,97 27.928.417,97
ART.5º) Como consecuencia de lo establecido en los Arts. precedentes y Arts. 3º en
TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 3º Y
ART. 3º ORD. 476/88 70.544.097,25
TOTAL DE RECURSOS S/ART.4º 27.928.417,97
42.615.679,28
ART.6º) Estímase en la suma de A 42.615.679,28 (Australes Cuarenta y Dos Millones Seiscientos Quince Mil Seiscientos setenta y nueve con 28/100) el financiamiento de
R.G. R.E. TOTAL
FINANCIAMIENTO
1.- Aportes no
reintegrables -- -- --
2.- Uso del créd.:
Aporte Reinteg.
proven. E. Pcial. 42.332.685 -- 42.332.685
3.- Adelantos otor.
a proveed.en ejerc.
anteriores. -- -- --
4.- Remanente ejerc.
anteriores. -- 282.994,28 282.994,28
TOTALES 42.332.685 282.994,28 42.615.679,28
I NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 42.615.679,28
II TOTAL DE FINANCIAMIENTO 42.615.679,28
RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 31 de mayo de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0520/89 Fac. Al Depto. Ejecut. A Poner En Vig. Cuadro Tarif. Facturado Mayo 1989, Coop. Int...
VISTO:
ORDENANZA Nº 520/89
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a poner en vigencia el cuadro tarifario adjunto, desglosado de la nota presentación, a los fines de que
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 1º de junio de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0521/89 Realización De Un Censo De Comerciantes Afectados Por Los Daños De Los Saqueos
VISTO:
ORDENANZA Nº 521/89
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de solicitarle, que luego de los vandálicos sucesos que se sucedieron en nuestra Ciudad, mediante el saqueo a numerosos comercios, que dejaron como saldo la ruina casi total de sus propietarios, proceda a:
a) efectuar con personal de inspección y de administración, a la mayor brevedad un censo de comerciantes afectados en el que conste nombre y apellido, domicilio, ramo de actividad, daños sufridos en instalaciones, pérdidas de muebles y útiles, como así también un estimado del monto de mercaderías perdidas o robadas a sus dueños.
Cada comerciante, como medio probatorio de las mercaderías que le fueron sustraídas deberá aportar fotocopia de las facturas de compra. en caso de no poseerlas las solicitará a sus proveedores.
Se deberá solicitar a cada damnificado fotocopia de la denuncia policial, para constancia oficial de lo que le ha ocurrido.
b) Disponer que desde la fecha y hasta fines de este año, no se cobre a los afectados el Derecho de Registro e Inspección, las Tasas por servicios y toda otra que debiera obrar con motivo de su intento de recomposición, la exención comenzará a partir del devengado mayo/89.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 8 de junio de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0522/89 Prohibición Estacionam. En Av. J. D. Perón Desde Club Talleres H/P. M. Argentinas
VISTO:
ORDENANZA Nº 522/89
ART.1º) Prohíbese el estacionamiento vehicular en el perímetro que se extiende sobre la margen Norte de Av. General Juan D. Perón desde el comienzo de la edificación del Club Talleres villa Diego ( ala este ) hasta el fin de los límites del mencionado Club que linda con
ART.2º) Establézcase a quiénes incumplan la mencionada prohibición de estacionamiento una sanción especial que consiste en el equivalente de
ART.3º) Colócase carteles indicadores con nº de Ordenanza con la prohibición respectiva y la sanción por incumplimiento.
ART.4º) Deberá efectuarse la marcación a determinar por parte del Departamento Técnico respectivo donde establezca claramente el cruce peatonal en la zona mencionada de los límites del Club.
ART.5º) Deberá efectuarse a criterio técnico un sistema que evite automáticamente las altas velocidades como ser serruchos, loma de burro, etc.
ART.6º) La prohibición de estacionamiento regirá para las 00:00 horas del día siendo la zona de cordones pintados de color amarillo a fin de dar a los conductores clara noción de la restricción que rige en el sector.
ART.7º) Autorízase la utilización de las partidas presupuestarias que correspondan a los efectos de la presente Ordenanza.
ART.8º) El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará el horario de descarga de las mercaderías en el citado club.
ART.9º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de junio de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0523/89 Realización En Forma Urgente De Un Plan De Gobierno A Corto Plazo De Emergencia
VISTO:
ORDENANZA Nº 523/89
ART.1º) Realizar en forma urgente un Plan de Gobierno a corto plazo, de emergencia, que contemple las áreas esenciales para la solución a los graves problemas que padece el Pueblo de Villa Gobernador Gálvez.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 8 de junio de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0524 Se Incrementa 180% 3º ant. bim. Tasa Gral. Inm
VISTO:
El proyecto de Ordenanza referido al aumento del 3er. Anticipo Bimestral de
CONSIDERANDO:
Que a raíz de la constante inflación el Departamento Ejecutivo Municipal ha solicitado un incremento del 265 % de aumento para el 3er. Anticipo Bimestral, el que si bien se ajusta a los índices ajustados a la realidad y que debería trasladarse a los valores correspondientes al 2do. Anticipo 1.989, esta Comisión que dadas las desfavorables condiciones económicas-financieras por la que está atravesando nuestra Comunidad y muy en especial la clase trabajadora y pese a nuestra resolución afectará la fuente de ingresos del Municipio, aconsejamos:
a) Establecer un incremento del 180 % para el 3er. Anticipo Bimestral Año 1.989 sobre los valores vigentes de
b) Elevar el TAP a A 80 por mes la que será cobrada en su mayor parte por
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 524/89
ART.1º) Establécese un incremento del 180 % para el 3er. Anticipo Bimestral de
ART.2º) El importe de
ART.3º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a que por Decreto fije el vencimiento del 3er. Anticipo Bimestral de 1.989.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 22 de junio de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0525/89 Autoriza Coop. Int. Ltda. aplicar Nuevo Cuadro Tarifario
VISTO:
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 525/89
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a autorizar a
ART.2º) Sólo se adicionarán a las tarifas antes citadas las leyes nacionales vigentes y el TAP.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 22 de julio de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone