Expte. Nº 5.304/14.
Visto:
Constitución Nacional Artículo 41º;
Ley 2.756 Artículo 39º;
Decreto Nº 476/13 Colocación bandas reflectivas en contenedores de residuos domiciliarios y;
Considerando
Que los contenedores de residuos domiciliarios son importantes para mantener la higiene y salud de los ciudadanos.
Que para no transformarse en un foco de infección que ponga en riesgo la salud de los vecinos es necesario que dichos contenedores sean higienizados y desinfectados frecuentemente.
Que resulta necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal ordene de inmediato la limpieza y desinfección de los contenedores de residuos domiciliarios.
Que los contenedores sucios, con restos de residuos tanto sólidos como líquidos provocan olores nauseabundos y la contaminación del ambiente.
Que esto ha producido la proliferación de insectos, roedores y microorganismos patógenos.
Que en las personas pueden provocar diversas enfermedades como infecciones respiratorias e intestinales; dengue clásico y dengue hemorrágico; otitis y conjuntivitis.
Que el efecto persistente de la contaminación del aire respirado, en un proceso silencioso de años, conduce finalmente al desarrollo de afecciones cardiovasculares agudas, como el infarto.
Que los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez se merecen un espacio público limpio y sano.
Que es importante que se realice dicha acción para brindar al ciudadano de Villa Gobernador Gálvez una mejor calidad de vida y eliminar aquellos factores que ponen en riesgo la integridad física de las personas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 680/2014
ART.1º)Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la limpieza y desinfección de los contenedores de residuos domiciliarios dispuestos en distintos lugares de la ciudad.
ART. 2º)Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que dé cumplimiento al Decreto Nro. 476/13 donde se establece la colocación bandas reflectivas en contenedores de residuos domiciliarios.
ART. 3º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de agosto de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva