VISTO:
Que dado el interés de numerosos vecinos que se acogieron a esta Ordenanza, la misma fue
prorrogada según Ordenanza Nº 899/93
desde el 1º de Octubre de 1.993 al 31 de Diciembre de 1.993, desde el 1º de
Enero de 1.994 al 30 de Junio de 1.994 y desde el 1º de Julio de 1.994 al 31
de Diciembre de 1.994.
Que durante el período Año 1.994 se ha presentado la
mayor cantidad de expedientes
de todos los tiempos de
esta Municipalidad, por ejemplo duplicando Año 1.993 u octuplicando Año
1.991, y
CONSIDERANDO:
Que es
necesario ampliar nuevamente el plazo
establecido para que todos los contribuyentes que estén en condiciones
de declarar las construcciones no
presentadas, tengan la oportunidad de
los beneficios de la misma.
Que numerosos vecinos aún no han declarado las
construcciones y han demostrado interés en realizarlas interiorizándose sobre
el sistema de amnistía, como
así también profesionales que consultan y solicitan ampliaciones del período.
Que se han
presentado desde el 1º de Julio de 1993
cuantiosos exptes. de edificación
que se acogen a este régimen, dando
excelente resultado al mismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1055/94
ART.1º) Prorróguese
la amnistía según Ordenanza 872/93 , 899/93
y 928/93 y 988/94 desde el 1º de Enero de 1995 al
30 de Junio de 1.995.
ART.2º) Cúmplase lo
establecido en los artículos de
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 29, 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza