VISTO:
Que dado el interés de numerosos vecinos que se acogieron a esta Ordenanza, la misma fue
prorrogada según Ordenanza Nº899/93,
928/93 , 988/94 y 1055/94 hasta el 30 de junio de 1995.
Que
durante el período anual 1994 se
han presentado la mayor cantidad de expedientes de todos los
tiempos de esta Municipalidad, por ejemplo duplicando al año 1993 u octuplicando al año 1991, y
CONSIDERANDO:
Que es
necesario ampliar nuevamente el plazo
establecido para que todos los contribuyentes que estén en condiciones
de declarar las construcciones no
presentadas, tengan la oportunidad de
los beneficios de la misma.
Que numerosos propietarios aún no han declarado
las construcciones y han demostrado interés en realizarlas interiorizándose sobre el sistema de amnistía, como así también profesionales que consultan y
solicitan ampliaciones del período.
Que se han
presentado desde el 1º de Julio de 1993
cuantiosos expedientes de edificación que se acogen a este
régimen, dando excelente resultado al mismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1090/95
ART.1º) Prorróguese la amnistía según Ordenanza Nº872/93 , 899/93,
928/93, 988/94 y 1055/94 desde el 30 de
Junio de 1995 al 30 de Noviembre de
1995.
ART.2º) Cúmplase lo establecido en los artículos de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 29, 1995.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza