VISTO:
Que fue fijada desde el 1º de Julio de 1993 hasta el 30 de Setiembre de
1993.
Que dado el interés de numerosos vecinos que se acogieron a esta Ordenanza, la misma fue
prorrogada según Ordenanza Nº899/93
desde el 1º de Octubre de 1993 al 31 de Diciembre de 1993 y desde el 1º de Enero de 1994 al 30 de
Junio de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar
nuevamente el plazo establecido para que
todos los contribuyentes que estén en condiciones de declarar las construcciones no presentadas,
tengan la oportunidad de los beneficios
de la misma.
Que numerosos vecinos aún no ha declarado las construcciones y han
demostrado interés en realizarlas
interiorizándose sobre el sistema de amnistía, como así también
profesionales que consultan y solicitan ampliaciones del período.
Que se han presentado desde el 1º
de Julio de 1993 cuantiosos exptes. de edificación que se acogen a
este régimen, dando excelente resultado
al mismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
la siguiente:
ORDENANZA Nº 988/94
ART.1º) Prorróguese la amnistía según
Ordenanza 872/93 , 899/93 y 928/93 desde el 1º de Julio de 1994 al 31 de
Diciembre de 1994.
ART.2º) Cúmplase lo establecido en los
artículos de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 5, 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza