Jueves, 31 Enero 2008 00:06

Ord. 1392/99 Modifica Ord. 490/89 sobre modalidades en pago de multas

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Expte. Nº 1.680/99.

VISTO :

La Ley 2756, Art. 41º Inciso 3.

La Ordenanza Nº 490/89, Capítulo Tercero " De las  modalidades en el pago de la Multa ", y Capítulo Cuarto " De  la extinción de las acciones y de las penas ", y

 

CONSIDERANDO:

Que  es necesario establecer normas tendientes a  agilizar el  sistema  recaudatorio  de  la  Administración  Pública descomprimiendo  la afluencia de infractores. 

Que además debe contemplarse la posibilidad de otorgar  al infractor  que  pagó voluntariamente el beneficio  de  una reducción en las  sanciones pecuniarias, en las  situaciones que así lo justifiquen.

Por todo, ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1.392/99

 

ART.1º) Agrégase  al Capítulo Tercero "De las Modalidades  en  el pago de la Multa " de la Ordenanza Nº 490/89, el Art.  23º Bis,  que  quedará  redactado  de  la  siguiente   manera: "...Artículo  23º  Bis:  Beneficio  del  Pago  Voluntario: cuando la causa corresponda a normas de circulación en  la vía  pública, la pena de multa que se abonará   dentro  de los  treinta  días corridos de  la notificación,  se  verá reducida en un porcentaje del 25 % (veinticinco por  ciento) del mínimo establecido para la multa  correspondiente; el pago a que se refiere este Art. deberá efectuarse  pura y exclusivamente en dependencias del Tribunal de Faltas.

 

ART.2º) Agrégase al Art. 27º de la Ordenanza Nº 490/89, el Inciso 7, que quedará redactado de la siguiente  manera:"...Artículo 27º Inciso 7: el acogimiento al beneficio del Art. 23 Bis implicará para el infractor el reconocimiento voluntario  de la infracción y tendrá el efecto de condena  firme en cuanto a la sanción pecuniaria.

 

ART.3º) Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal  deberá incluir con tipo de Escritura y tinta que resalte el  Art. 23º  Bis en los formularios de Actas de Infracción que  se confeccionen  y entreguen a los  infractores  contemplados por el Art. 1º.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de Mayo de 1.999.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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