Jueves, 31 Enero 2008 00:05

Ord. 1391/99 Modifica Ord. 1383/99 sobre orientación de calles

Valora este artículo
(0 votos)

Expte. Nº 1.678/99.

VISTO :

La Ley 2756.

La necesidad de modificar los Art. 1º y 2º de la Ordenanza Nº 1.383/99, y

 

CONSIDERANDO:

Que  resulta necesario que la mano única de calle Juan  B. Justo de Noroeste a Suroeste llegue hasta calle Alberdi al igual que la mano única de calle Eva Perón la cual  deberá culminar como tal en calle Alberdi.

Que  atento  a  haberse  estipulado  en  la  Ordenanza  Nº 1.383/99 que la mano única de estas calles llegaría  hasta sus  respectivas  terminaciones  en  Av.  Libertador  debe modificarse  atento  a la solicitud de los vecinos  de  la zona que con razón aducen que tal disposición les entorpecería  su  acceso directo al centro de la Ciudad  y  a  la Avda. San Martín (Ex Ruta 9) y tomando así mismo en consideración que de mantenerse las manos únicas hasta la calle Av. Libertador se obligaría a quienes circulan por  dichas arterias  a efectuar rodeos innecesarios atento a  que  la zona  se encuentra circundada por vías de ferrocarril  que provocarían  una  situación de encierro que se debe  y  se puede  obviar mediante las modificaciones expuestas en  el primer párrafo de estos considerandos.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1391/99

 

ART.1º) Modifíquese  el Art. 1º de la Ordenanza Nº  1.383/99,  el que quedará redactado de la siguiente  manera:"Establécese mano  única de Noroeste a Suroeste la calle Juan B.  Justo en  el  tramo  comprendido entre Av. San  Martín  y  calle Alberdi,  siguiendo el sentido de circulación con  la  que actualmente  cuenta  dicha arteria desde  calle  Fornieles hasta Av. San Martín".

 

ART.2º) Modifíquese  el Art. 2º de la Ordenanza Nº  1.383/99,  el que quedará redactado de la siguiente  manera:"Establécese mano única de Suroeste a Noroeste la calle Eva Perón en el tramo comprendido entre calle Alberdi hasta Av. San Martín (Ex  Ruta 9), siguiendo el sentido de circulación  con  la que  actualmente cuenta dicha arteria desde la  calle  Av. San Martín a la calle Fornieles".

 

ART.3º) Los  cambios  de  mano en la circulación  de  las  calles implementadas  en  los Artículos 1º y 2º  de  la  presente Ordenanza,  traerán  consecuentemente  la  correspondiente señalización  por  parte de las  Dependencias  Municipales correspondientes, y la difusión por los Medios de Prensa a fin de que tome conocimiento la población.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de Mayo de 1.999.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

Visto 277 veces