Expte. Nº 1.873/00.
VISTO:
El Expte. Municipal Nº 23275
por el cuál el Sr. Eduardo Gregorio Szumanski en representación de la firma Hidropuertos
S.R.L. solicita la aprobación de los
planos de mensura y subdivisión
de una fracción de terreno ubicada en
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el Código Urbano Municipal, la parcela descripta se halla en
el Distrito Mixto M2 (apta para ser
urbanizada).
Que las medidas de los lotes
resultantes de la división están de acuerdo al Código que lo
reglamenta y se encuentra en vigencia en
esta Municipalidad.
Que los señores propietarios
han efectuado la correspondiente
donación de calles, espacios verdes y
comunitarios a
Que de acuerdo al informe de
Que la empresa Hidropuertos
S.R.L. ejecutará el loteo y subdivisión a los efectos de la
construcción de viviendas individuales,
las que serán ofrecidas a la venta a
particulares.
Que los Señores propietarios
manifiestan que ejecutarán las obras con mano de obra de esta Ciudad,
utilizando la totalidad de los materiales e insumos que se necesitarán para la construcción de las mismas en comercios
de Villa Gobernador Gálvez.
Que existe en este Distrito una imperiosa necesidad
de contar con viviendas para
satisfacer la gran demanda en unidades habitacionales que requiere esta
Ciudad, dado que no existen planes de
construcción por parte de los organismos
provinciales y/o nacionales.
Que los Señores propietarios se comprometen a la ejecución de las
obras de infraestructura en un todo de acuerdo a lo establecido por el Código Urbano y a la marcha de ejecución
de las viviendas proyectadas,
según el
compromiso asumido por la empresa y que se adjunta.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº
1441/2000
Art.1º)
Apruébase
ART.2º)
Acéptese la donación a
ART.3º)
Acéptase la donación
de una fracción de
terreno de
ART.4º)
Acéptese la donación a
ART.5º)
ART.6)
El no
cumplimiento de las obras de infraestructura de acuerdo
a la habilitación de las viviendas proyectadas,
según el compromiso asumido por escrito por
ART.7º)
Hágase saber que la escrituración de los predios cedidos para calles públicas, espacio verde y
espacio comunitario, se llevará a cabo dentro de los noventa (90) días a partir
de la
fecha de aprobada la presente;
ante Escribano Público que
designe
ART.8º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala
del Concejo Deliberante, 24 de agosto de 2.000.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale