Expte. Nº 2.603/04.
VISTO:
El Expediente Municipal por el
cuál la "Mutualidad de Obra Social para el Personal Administrativo, Técnico, Supervisor
y Jerárquico de
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido
en el Código Urbano Municipal, las parcelas descriptas se hallan
en el Distrito de Expansión Urbana (Residencial) aptas para ser urbanizadas.
Que en las fracciones de terreno
cuya mensura y subdivisión se aprueba en la presente Ordenanza, se construirán viviendas con fondos de
Que existe en
este Distrito una imperiosa necesidad de contar con viviendas para satisfacer
la gran demanda en
unidades habitacionales que requiere esta Ciudad, dado que no existen planes
de construcción por parte de
empresas privadas.
Que las medidas de los lotes resultantes de la división están de
acuerdo al Código que lo reglamenta y se encuentra en vigencia en esta
Municipalidad.
Que se han
efectuado la correspondiente donación de calles y espacios verdes según
consta en las Actas de Donación.
Que de acuerda al informe de
Que las obras de construcción de
viviendas redundarán en beneficio de la mano de obra local y beneficiarán a los comercios locales que
proveen de insumos y materiales para la construcción.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones,
sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1606/2004
ART.1º) Apruébase de acuerdo a lo previsto por el
Código Urbano, Ordenanza Nº 1.144/95, apartado 5.5.2 Inc. a,
ART.2º) Acéptase la donación de una fracción de
terreno de
ART.3º) Acéptase
la donación de una
fracción de terreno de
ART.4º) Hágase
constar que la presente aprobación de los Planos de Mensura y
Subdivisión de las parcelas descriptas
en el Art. 1º. Queda sujeta al cargo de la efectiva realización de las viviendas
con fondos de
ART.5º) Hágase
constar que la escrituración del
predio para calles públicas y espacios verdes, se llevará a cabo
dentro de los 90 (noventa) días, a partir de la iniciación de las obras.
ART.6º) El Departamento Ejecutivo
Municipal deberá exigir
el cumplimiento de
la reglamentación vigente (Código Urbano Municipal) en materia
de urbanización apartado 5.3.4.
ART.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de Diciembre de
2004.
Presidente: Alberto Podolsky A/C Secretaria: Mario Correale