Jueves, 06 Noviembre 2008 00:03

Ord. 1726/07 Convenio con Cargill para cruce aéreo sobre calle Solís

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Expte. Nº 3045/07.

VISTO:

La nota presentada por la firma Cargill S.A.C.I. en fecha 10 de septiembre de 2.007, y

CONSIDERANDO:

Que dicha firma solicita autorización para efectuar un cruce aéreo sobre la calle J. De Solís, entre las calles América y Matienzo, fundado en la necesidad de interconectar la obra de descarga ferroviaria  de granos que están construyendo sobre terrenos del predio de FF.AA. y la planta procesadora de soja ubicada en jurisdicción de nuestra Ciudad.

Que conforme la memoria descriptiva del proyecto presentado al municipio, a los fines de unir la descarga de vagones con las instalaciones del complejo industrial, CARGILL S.A.C.I. construirá un puente que pasará por sobre la nueva ruta provincial, terreno propiedad de la firma y la calle J. De Solís de nuestra Ciudad (entre las calles América y Matienzo).

Que dicho puente alojará una cinta transportadora que hará la transferencia de semillas desde la descarga de vagones hasta la torre de manipuleo.

Que dada la invasión del espacio aéreo municipal que significará la construcción del puente, resulta necesario proceder a la firma de un convenio de autorización de cruce que estipule  las características de la obra, el canon que deberá abonar la empresa a favor del municipio y el plazo de la autorización, todo lo cual debe ser coherente con la magnitud de la inversión a cargo de la empresa.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 1726/2007

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar con la firma CARGILL S.A.C.I. un convenio autorizando al  cruce aéreo por sobre la calle J. De Solís, entre América y Matienzo, conforme a los términos y condiciones estipuladas en el convenio que se anexa a la presente. 

ART.2º) Dese conocimiento del presente a la Contaduría General y a la Tesorería Municipal, a los efectos pertinentes.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  13 de septiembre de 2.007.

 

Presidente: Daniel Machado

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

ACTA ACUERDO

Entre la MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ, representada e este acto por su Intendente Municipal Da. Graciela B. Bonomelli, y los Secretarios de: Gobierno, Educación y Cultura, Dr. Alberto R. Podolsky,  Hacienda Don Oscar Coteluzzi, Obras y Servicios Públicos, Don Carlos Croci, y de Salud y Medio Ambiente Dr. Cristian Barletta, con domicilio en Ing. Moscón 1541 de Villa Gobernador Gálvez, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, CARGILL S.A.C.I., representada por los Sres........y......., autorizados por Acta de Directorio Nº.....del ....., con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, en adelante “LA EMPRESA”

Se conviene:

PRIMERA: Que requiriendo “la empresa” construir una cinta transportadora de cereales para conectar la descarga de vagones con la torre de manipuleo ubicada en sus instalaciones actuales de recepción de soja en Villa Gobernador Gálvez, “LA MUNICIPALIDAD” acepta y presta su conformidad para la ocupación del espacio aereo correspondiente a la calle J. Solís, entre las calles América y Matienzo.

SEGUNDA: Ambas partes conviene que forma parte del presente convenio la memoria técnica descriptiva presentada por “LA EMPRESA”, a la que deberá ajustarse la obra a realizar.

TERCERA: Sin perjuicio de los tributos que deba pagar “LA EMPRESA” por el hecho imponible que se generare, el que dispuesto por las Ordenanzas vigentes se reconoce por “LA EMPRESA”, por la ocupación del espacio aereo sobre calle J. De Solís “LA MUNICIPALIDAD” percibirá una retribución de dólares estadounidenses un mil setecientos (U$S 1.700) mensuales, a partir del momento en que “LA EMPRESA” inicie la construcción del puente que alojará la cinta transportadora.

CUARTA: “LA EMPRESA” asume a su exclusivo cargo la responsabilidad civil y penal por los daños y perjuicios que la obra a construirse ocasiones a cosas y/o personas en el tramo de ocupación aerea de la vía pública jurisdicción de esta Ciudad.

QUINTA: Considerando la inversión que realizará “LA EMPRESA” y a los efectos de su amortización se conviene un plazo de vigencia de veinte (20) años para usufructo de a autorización de ocupació del espacio aereo, a contar desde a firma del presente.

SEXTA: El presente convenio se celebra contando con la aprobación del Concejo Deliberante conforme Ordenanza Nº.....

Previa lectura y ratificación, se rocede a la firma de tres ejemplares de un mismo tenor y a igual efecto, en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, a los.......días del mes de septiembre de 2007.

 

 

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