CONSIDERANDO:
Que en el marco regulatorio del Decreto del
Visto, esta Municipalidad ha suscripto
convenio con el Ministerio de Desarrollo Social de
Que el mismo está
destinado a atender necesidades alimentarias básicas insatisfechas de hogares,
teniendo prioridad aquellos que se encuentren en situación de riesgo de
desnutrición.
Que ante la
realidad socio económica y las necesidades de esta índole, que son vasto
conocidas en nuestra Ciudad, es imperioso otorgar celeridad a los trámites para dar respuesta inmediata a una emergencia
alimentaria que no resiste plazos de los procedimientos administrativos
públicos.
Que
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº1859/2009
ART.1º) Apruébase Ad Referéndum el convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia denominado Convenio refuerzo alimentario de emergencia, que se celebró por la suma de $ 44.706.- (Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Setecientos Seis) durante cuatro meses en calidad de transferencia sin reintegro y que será depositada en la Cuenta Corriente Nº 055/01 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal de Villa Gobernador Gálvez, cuyo titular es la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez; que en copia forma parte integrativa de la presente Ordenanza.
ART.2º) Declárase la urgencia en la contratación, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a la contratación directa para la adquisición de los alimentos permitidos por el mencionado convenio, prescindiendo de los mecanismos del concurso de precios, licitación pública y/o privada, y en virtud de lo estipulado en el Visto y Considerando de la presente.
ART.3º) Remítase al Concejo Deliberante listado con los datos de las personas destinatarias de la ayuda de emergencia de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de Desarrollo Social, en el Art. 6º del Convenio Refuerzo Alimentario de Emergencia.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de Setiembre de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi A/C Secretaria: Mario Correale